Impuesto de 1% a placas seguirá en suspenso en el 2016

Buenas noticias para los propietarios de vehículos y de negocios de ventas al por menor. Nueva vez el Gobierno renuncia a aplicarles impuestos que les creó la reforma tributaria del 2012.

Buenas noticias para los propietarios de vehículos y de negocios de ventas al por menor. Nueva vez el Gobierno renuncia a aplicarles impuestos que les creó la reforma tributaria del 2012.

Los consumidores en general no tendrán igual suerte con el aprobado desmonte del Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) aplicado antes de la Ley 253-12, cuya tasa de 18% se contempla rebajarla para unificarla al 16%.

Por tercer año seguido el Gobierno decide no aplicar en el 2016 el impuesto a la placa en base a un 1% del valor de los vehículos y de cobrarle una cuota fija, como impuesto de operación, a los negocios de ventas minoristas. Se trata de dos de los principales impuestos aprobados en la reforma fiscal del 2012.

Los que continúan
Los demás aspectos progresivos de la Ley 253-12, como la última fase del Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) a un grupo de ocho productos de la canasta básica, continúan su aplicación. Esos productos son café, chocolate, cocoa, azúcar, aceites comestibles, yogur, mantequilla y margarina. Desde el próximo viernes se les aplicará un aumento de tasa de 13 a 16%. Algunas cadenas comerciales han anunciado que absorberán los tres puntos porcentuales del alza, durante el primer mes de aplicación. Igual hicieron en enero de los últimos tres años.

Por la aplicación parcial de la reforma fiscal aprobada con la Ley 253-12, el rendimiento esperado de la misma quedó en el equivalente al 1% del PIB. En la versión original se planteaba un impacto recaudador de 2.5% del PIB, pero se excluyeron algunos bienes propuestos para ser gravados con la tasa reducida del ITBIS, y también algunas figuras aprobadas quedaron en suspenso, como el impuesto a la placa basado en un 1% del valor del vehículo, que en algunos casos especiales podía generar pagos de hasta RD$90,000 por unidad, que ahora siguen pagando RD$2,400. También se pospuso la cuota fija, que es un impuesto de RD$12,000 anual por concepto de operación a ser cobrado a los estable cimientos de venta al por menor, establecido en el artículo 47 de la Ley 253-12.

Entre las disposiciones de política tributaria que el Gobierno contempla ejecutar están el tercer año de aplicación gradual de determinadas figuras impositivas según lo dispuesto por la ley de Reforma tributaria, comenzando con el aumento de 13 a 16% del ITBIS a ciertos bienes primarios, y el incremento del selectivo a las bebidas.

Los ajustes por inflación se reiniciarán en el 2016

El Gobierno también prevé para el próximo año aplicar una tasa global del ISR de un 27%, ajustar por inflación todos los tramos de renta para la aplicación del Impuesto sobre la Renta a las personas físicas, con lo que la exención contributiva sube, lo que opera como un aumento real de salarios a los empleados, y cumplir la cláusula que mantiene la tasa general del ITBIS en 18% porque no se alcanza la meta de 16% de presión tributaria.

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