JCE varió orden de boleta electoral porque medida anterior no era definitiva

La Junta Central Electoral  (JCE) explicó este martes que tomó la decisión de variar el criterio para establecer el orden de los partidos en la boleta electoral porque la medida anterior no era definitiva y no fue notificada a todos los partidos&#8230

La Junta Central Electoral  (JCE) explicó este martes que tomó la decisión de variar el criterio para establecer el orden de los partidos en la boleta electoral porque la medida anterior no era definitiva y no fue notificada a todos los partidos políticos por lo que quedó abierta la posibilidad de recurso de revisión.

La decisión fue publicada por el organismo y comunicada a los partidos políticos, incluido el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) que ha anunciado que someterá un recurso de revisión a esa medida. Castaños Guzmán dijo que respeta la decisión del PRD que ha anunciado que someterá un recurso de revisión de la medida ante el Tribunal Constitucional.

Según consta en la resolución del pleno, que fue aprobada con tres votos a favor y dos en contra, la decisión adoptada por los miembros anteriores de la JCE solo fue comunicada al Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), por lo que considera procedente el recurso de revisión que depositaron un grupo de 15 partidos.

La resolución de la JCE hace un resumen de las modalidades que ha adoptado el organismo desde el 1998 hasta el 2016, en cuyo lapso de tiempo se han realizado nueve elecciones y para establecer el orden de la boleta ha primado el nivel presidencial en seis elecciones y en tres la media de los tres niveles en tres casos.

“Resulta evidente que no existía un criterio que pueda considerarse fijo ni permanente para la contribución económica del Estado a los partidos políticos y el orden de los mismos en la boleta electoral ya las diversas actuaciones de la JCE en ese sentido han dependido de los tipos de elección que se han llevado a cabo, sin que con ello se pueda alegar que las decisiones adoptadas en ese momento fueren incorrectas, ya que por la ausencia de esta figura en la ley la determinación del orden de los partidos en la boleta electoral entra en el ejercicio de la facultad reglamentaria de la Junta Central Electoral”, subraya la resolución del organismo.  

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