Al momento de formalizar un contrato de trabajo, tanto el empleado como el empleador asumen una serie de derechos y obligaciones que deben ser respetados durante toda la relación laboral y al momento de su terminación.
Cuando es el empleado quien decide ejercer el desahucio, no le corresponde recibir de la empresa el auxilio de cesantía, debido a que este se paga cuando es el empleador quien desahucia al trabajador. Sin embargo, el empleado mantiene el derecho a recibir otras prestaciones, entre ellas la proporción correspondiente de la regalía pascual, las vacaciones no disfrutadas y las primas extralegales que hayan sido acordadas previamente en el contrato de trabajo.
El Código de Trabajo establece, además, que cuando cualquiera de las partes decide ejercer el desahucio debe comunicarlo previamente a la otra, conforme a lo dispuesto en el artículo 76. En caso de que una de las partes decida no cumplir con ese aviso previo, deberá realizar el pago correspondiente de acuerdo con los períodos establecidos en el artículo 79.
Para facilitar el cálculo de los montos correspondientes al finalizar una relación laboral, el Ministerio de Trabajo dispone de una herramienta digital que permite estimar la liquidación de los empleados. La calculadora puede consultarse en el portal oficial del Ministerio de Trabajo.
