El Juez titular del Tribunal Superior Electoral (TSE) de República Dominicana, Ramón Arístides Madera Arias
El Juez titular del Tribunal Superior Electoral (TSE) de República Dominicana, Ramón Arístides Madera Arias

Lima, Perú.- El juez titular del Tribunal Superior Electoral (TSE) de República Dominicana, Ramón Arístides Madera Arias, afirmó aquí que el Congreso Nacional de su país tiene que aprobar con urgencia un anteproyecto de ley que separe definitivamente las funciones administrativas y contenciosas que todavía mantienen las juntas electorales de los municipios.

“Las juntas electorales no son tribunales ni sus miembros son jueces por lo que no pueden emitir sentencias, y en caso de que lo hagan todas serían nulas e ilegales”, precisó Madera Arias, durante un foro de rectores de universidades del Perú que buscan incorporar el derecho electoral en el pensum de sus academias.

El juez electoral recordó que en la Constitución del 2010 sólo se le asignó a la Junta Central Electoral (JCE) la función administrativa, dejando la función especializada contenciosa exclusivamente al Tribunal Superior Electoral (TSE).

Explicó que esa separación debe ser funcional, porque las juntas electorales de los municipios todavía mantienen la doble función de administrar los procesos y decidir sobre los reclamos y conflictos que se derivan de éstos.

“Para juzgar y decidir hay que ser juez y conocer el derecho electoral.  Resulta que los miembros de las juntas electorales no son jueces y por lo tanto serían nulas e ilegales todas sus decisiones, ya que las juntas municipales no son tribunales, y en consecuencia no pueden emitir sentencias”, insistió el magistrado Madera Arias.

Reconoció que aunque los miembros de las juntas municipales pueden ser personas honestas y con experiencia en asuntos administrativos, cedulación y control de registro, “pero no todos son abogados y aunque lo sean, no son jueces, una cosa es ser abogado y otra es ser juez”.

“El juez debe tener independencia e imparcialidad, experiencia para interpretar los hechos desde otro ángulo, con idoneidad, capacidad jurídica, y poder pensar como juez”.

Agregó que si el Congreso Nacional no divide la doble atribución contenciosa y administrativa de las juntas electorales, se crearía un vacío jurídico, una especie de caos y desorden, porque al no ser tribunales esos organismos municipales no pueden emitir sentencia.

 

Posted in Destacado, País, Panorama

Más de destacado

Más leídas de destacado

Las Más leídas