El juez de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, José Alejandro Vargas, dictó tres meses prisión preventiva, como medida de coerción, contra los tres ejecutivos de la empresa Dupuy Barceló acusado de fraude fiscal y otros delitos.

José Antonio Miguel Barceló Larroca, Michael Wayne Dupuy Barceló y Robert Alexander Dupuy Barceló fueron enviados a la cárcel de Najayo-Hombre por orden del juez, luego de que la Fiscalía del Distrito Nacional solicitó medidas de coerción.

El Ministerio Público, está acusando a los ejecutivos de las empresas Dupuy Barceló, S.R.L. y Barceló y Cía. SRL, de defraudar al Estado dominicano con una suma multimillonaria, ascendente a los RD$2,156, 389,709, supuestamente fruto de la evasión de impuestos.

De acuerdo con el expediente, los actos en los que han incurrido los imputados son: elaboración y comercio clandestino de productos sujetos a impuestos, defraudación tributaria, falsedad en las declaraciones juradas, perjurio, falsedad de escrituras de comercio, estafa, asociación de malhechores y lavado de activos, delitos estipulados en la Ley 11-92, que instituye el Código Tributario de la República Dominicana; el Código Penal Dominicano y la Ley 72-02 contra el Lavado de Activos.

Sobre los hechos, el Ministerio Público indicó que inició una investigación del caso luego de recibir una denuncia hecha por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

Asimismo, el expediente detalla que se asociaron con empleados de la empresa Barceló y Cía. SRL, que estratégicamente migraron a la empresa Dupuy Barceló, S.R.L., actuando dichos empleados como prestanombres para colocar en el torrente financiero los montos adquiridos por dicho delito tributario. Siendo bajo ese entramado que empleados, cuyos ingresos anuales no superan el monto de RD$400,000.00, realizaron movimientos bancarios ascendentes a la suma de RD$1,626,852,946.08.

El documento, también informa que “algunas de las maniobras que los acusados a han llevado a cabo para cometer defraudación fiscal están facturación a terceros con valor superior a lo reportado por la transacción a la DGII, declaración de pasivos inexistentes y salida de materia prima no justificada.

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