La publicidad engañosa es aquella que transmite información falsa, incompleta o dudosa acerca de un producto o servicio con el objeto de inducir al consumidor a un error para que invierta dinero en algo que no es realmente lo que se expone.

Según la constitución de nuestro país, todos tenemos derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, basados en una información correcta y real de las características de los productos y servicios que usemos o consumamos, bajo las previsiones y normas establecidas por la ley.

Por ejemplo, i. productos o servicios ofertados que no están disponibles en el mercado; ii. Los encontrados en mal estado y iii. Y los que tienen un precio diferente al real.

En nuestro país la institución encargada de velar por el correcto funcionamiento de la publicidad en el comercio dominicano, y de proteger al consumidor y usuario de bienes y servicios, lo es el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro-Consumidor), que es un organismo que puede sancionar a quienes incurran en malas practicas con respecto a la publicidad de bienes y servicios.

Cómo pongo en acción mis derechos 

Si has si fuiste afectado por alguna publicidad engañosa o conoces de algún caso, puedes interponer una reclamación o denuncia de manera ii- presencial por las instalaciones de PRO-CONSUMIDOR, ii-o de forma virtual por la página web o la aplicación para celulares de esta entidad. En donde podrás llenar un formulario y anexar los documentos requeridos que soporten tu acción. Este servicio es gratuito.

Las sanciones que puede imponer PRO-CONSUMIDOR a quienes incurran en publicidad engañosa oscilan entre 20 a 500 salarios mínimos.

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