El Tribunal de Ejecución de la Pena de Santo Domingo conoció ayer la solicitud de cambio de prisión por reclusión domiciliaria que realizó Rafael Emilio González Álvarez, condenado por matar en 2011 al empresario Guillermo Moncada Aybar, pero será el próximo lunes cuando emita su fallo.

González Álvarez mató de 12 disparos a Moncada Aybar durante una discusión por un parqueo en el Distrito Nacional, por lo cual fue sentenciado a 18 años de prisión.

Ahora, tras casi nueve años cumpliendo su sentencia, solicita que se le sea varíe temporalmente la condena por reclusión domiciliaria debido a que alega que sufre de enfermedades desde hace tiempo que podría agravar su condición en caso de que se contagie de la COVID-19 durante su permanencia en la cárcel.

Tras escuchar los argumentos de todas las partes, durante la audiencia virtual, la jueza Mercedes Sena fijó para el lunes 22 de este mes a las 9 de la mañana su decisión sobre el petitorio.

Dice sufre varias enfermedades

La defensa de González Álvarez indicó que el condenado sufre de hipertensión arterial, diabetes, bronquitis crónica, depresión, entre otras cosas, y que en caso de que se contagie del virus pueden poner en peligro su vida, por lo que el Estado debe garantizar que esto no suceda.

González Álvarez, de 56 años, dijo que aunque se encuentra recluido en uno de los centros que habilitaron las autoridades penitenciarias para los reclusos en condición de vulnerabilidad ante la COVID-19, corre el doble del riesgo que en la propia Penitenciaria Nacional de La Victoria, donde cumple su condena, ya que donde está se encuentra con otros presos que tienen varias enfermedades incluida tuberculosis. Aseguró que durante sus años de prisión ha tenido que ser llevado a centros de salud y recibir tratamiento médico.

Familiares de víctima y el MP se oponen

De su lado, los familiares de Moncada Aybar y el Ministerio Público (MP) se oponen a que la petición sea acogida. Dijeron que el condenado está recibiendo en la cárcel el tratamiento debido y que incluso ha tenido un trato preferencial al recibir asistencia médica fuera del penal cada vez que lo requiere y que no se ajusta a las requisitos para ser beneficiado con esta medida.

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