El comportamiento temerario impera tanto en peatones como conductores

Un hombre a bordo de una motocicleta se detiene sobre el paso de cebra de una de las principales avenidas de la Capital, ante la señal roja de un semáforo y tras unos segundos continúa su recorrido sin importar que el dispositivo no dio luz verde.

Esa es una de las recurrentes acciones que realizan los conductores y peatones diariamente en las calles, avenidas, autopistas y expresos del país.

Durante un recorrido que hizo elCaribe por la ciudad se constató con las repetidas faltas a la ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.

Pese a que la legislación busca una solución definitiva a los accidentes de tránsito, el comportamiento de los dominicanos hace imposible su total aplicación.

Desde peatones cruzando por debajo de los puentes peatonales, menores a borde de motores, hasta la actitud indiferente de los choferes ante la proximidad de una ambulancia, son parte de la larga lista de acciones que se infringen diariamente.

Asimismo, la mayoría de esas violaciones se realizan ante los ojos de los agentes de la Dirección General de Seguridad, Tránsito y Transporte Terrestre, quienes tienen la responsabilidad de fiscalizar, supervisar, controlar, viabilizar y vigilar las actividades de las vías públicas.

Carros sobre línea de cebra

La legislación detalla en su artículo 237, que al menos 23 zonas están prohibidas para un vehículo estacionarse y/o detenerse.
Entre ellos destaca el paso peatonal y las aceras.

Sin embargo, es observable la ocupación de los automóviles y motocicletas sobre esos espacios, lo que dificulta el desplazamiento de los transeúntes y su seguridad.

Regulación peatonal

En ese sentido, el artículo 218 precisa las reglas para la circulación de los transeúntes en las vías públicas.

Así como las sanciones que podrían recibir por transitar fuera de una intersección de pasos de peatones o de puente peatonal (si existe), entre intersecciones consecutivas, o por situarse en una calzada o zona de rodaje vehicular.

Los caminantes podrían recibir una multa equivalente al salario mínimo, que impere en el sector público centralizado.

Sin embargo, el reglamento que haría posible la aplicación correcta de ese artículo no está aprobado.

Menores en motores

En las calles es observable el transporte de niños menores de edad en motocicletas, lo que representa un riesgo para su seguridad.

El artículo 78 explica que “se prohíbe el tránsito de menores de ocho (8) años de edad en motocicletas”, además, no podrán transportarse más de dos personas, incluyendo al conductor en un motor.

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