¿Qué hará la Cámara de Diputados con la Ley de Residuos Sólidos?

El pasado 7 de agosto el Poder Ejecutivo, para la fecha el presidente Danilo Medina, observó la Ley de Coprocesamiento y Gestión de Residuos Sólidos, que había sido despachada por el Congreso Nacional  el día 29 de julio del 2020, al considerar que existen dos  disposiciones transitorias que es necesario modificar.

Santo Domingo.– El pasado 7 de agosto el Poder Ejecutivo, para la fecha el presidente Danilo Medina, observó la Ley de Coprocesamiento y Gestión de Residuos Sólidos, que había sido despachada por el Congreso Nacional  el día 29 de julio del 2020, al considerar que existen dos  disposiciones transitorias que es necesario modificar.

De acuerdo al documento dirigido al entonces presidente de la Cámara Baja Radhamés Cámacho, la primera observación recae sobre el artículo 172, párrafo II, numeral 8, el cual presenta dos inconvenientes, ya que tiene una especie de privilegios a favor de determinadas personas o empresas por concepto de toneladas de residuos sólidos procesados.

“Comprometiendo retroactivamente y sin aparente límite temporal los fondos del fideicomiso de referencia, y por otro, deja a la total discreción e los administradores del fideicomiso a cuáles de estos gestores pagar”, indica el documento.

Asimismo, la segunda observación recae sobre el artículo 172, párrafo II, numeral 17 el cual dispone que los incentivos contemplados en el artículo 43 de la ley, les serás aplicados a las empresas o gestores ya establecidos con por lo menos los últimos tres períodos fiscales anteriores.

“Dicha disposición daría a entender que no podrán beneficiarse de estos incentivos ni los gestores establecidos uno o dos períodos fiscales antes ni los que puedan establecerse luego de la entrada en vigencia de la ley, contradiciendo directamente los principios de alcance general e irrectroactiva de la ley”.

Se preguntarán entonces, de donde viene la interrogante del titular de esta nota.

En la sesión del 19 de agosto de este año, la primera de la segunda legislatura ordinaria del año, el pleno de la Cámara Baja, envió a  una comisión especial la ley observada, para conocer los puntos objetados.

Dicha comisión especial remitió a técnicos de la Oficina Técnica de Revisión Legislativa (OFITREL) la iniciativa para evaluar si correspondía aceptar las observaciones presidenciales

En una reunión de trabajo al día siguiente, encabezada por el presidente de la comisión especial, Máximo Castro Silverio, se destapa que la ley fue observada fuera de plazo, pues al ser declarada de urgencia, el Poder Ejecutivo solo disponía de cinco días para la objeción.

En los debates intervino el experto constitucionalista Cristóbal Rodríguez, así como Elpidio Bautista y Nelson Feliz, director y coordinador, respectivamente, de OFITREL.

Los tres coincidieron en señalar que la iniciativa legislativa fue devuelta fuera del plazo que establece la Constitución de la República.

Argumentaron que de acuerdo al artículo 101 de la Carta Magna, el Presidente de la República tiene cinco días de plazo para promulgar o vetar una ley que haya sido declarada de urgencia en una de las dos cámaras legislativas, y lo hizo cuatro días después.

El experto constitucionalista Cristóbal Rodríguez recomendó entonces al presidente de la Cámara de Diputados, a publicar dicha ley.

La comisión decidió consultar otros expertos constitucionales antes de rendir informe al hemiciclo.

El lunes pasado escuchó al abogado Olivo Rodríguez Huertas, quien le expuso su parecer al respecto.

El especialista en materia constitucional coincidió el jurista Cristóbal Rodríguez, en el sentido de que lo que procede es que la Cámara de Diputados publique dicha ley, en vista de que fue observada fuera del plazo previsto por la Constitución de la República.

Rodríguez Huerta explicó a la Comisión Especial  que “mientras no haya un pronunciamiento interpretativo del Tribunal Constitucional, el legislativo tiene que respetar la literalidad de la Constitución. Aquí lo que impera es el mandato de la Constitución”, expresó.

Insistió en que la Cámara de Diputados, desde donde fue remitida la ley, puede publicarla en un medio de circulación nacional y en la Gaceta Oficial, porque la observación se produjo de manera extemporánea.

Rodríguez Huertas dijo que debe haber un pronunciamiento de la Cámara de Diputados.

¿Cuál es la posición de la comisión?

La comisión especial tiene previsto reunirse este lunes para tomar una decisión luego de agotar un sin números de consultas y de discusiones a lo interno del órgano de estudio.

Para Máximo Castro Silverio el asunto es delicado  y “se tomarán el tiempo necesario y escucharán a todos los expertos”.

La pelota está en la cancha de la Cámara.

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