Incumplimiento a la Ley de Libre Acceso a la Información Pública genera quejas; vicepresidente de Finjus propone fortalecerla

Se ha vuelto costumbre que las instituciones públicas remitan a sus Oficinas de Libre Acceso a la Información a los ciudadanos, entre ellos periodistas e investigadores, que solicitan datos relacionados con el uso y manejo de los fondos públicos.

Sin embargo, ni la propia Ley de Libre Acceso a la Información Pública No. 200-04 y las sanciones que establece ante su incumplimiento, garantizan una respuesta certera y en los plazos fijados.

Y es que “el silencio administrativo” al que hace referencia la legislación, promulgada hace 18 años, parece ser una práctica difícil de eliminar.

Pese a los esfuerzos realizados en materia de transparencia en acceso a la información pública y las plataformas dispuestas para hacer más fluido y eficiente este proceso, persisten quejas de periodistas y otros profesionales cuyas solicitudes no fueron satisfechas.

Ante esto surge una advertencia: a todos los funcionarios que sepan que contestar a tiempo una solicitud de información pública es una obligación y no hacerlo, puede constituirse en un delito.

La exhortación la hace Milagros Ortiz Bosch cuando participó en la entrevista especial elCaribe-CDN, en su condición de directora general de Ética e Integridad Gubernamental (Digeig), organismo “guardián” del derecho que tiene toda persona de solicitar y recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna de cualquier órgano del Estado dominicano y entidad que maneje fondos públicos.

Actualmente, la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental registra en su base de datos 861 solicitudes de información en proceso (no cerradas) de las cuales 260, es decir un 30 por ciento, están fuera del plazo establecido.

“Toda solicitud de información requerida en los términos de la presente ley debe ser satisfecha en un plazo no mayor de quince días hábiles. El plazo se podrá prorrogar en forma excepcional por otros diez días hábiles en los casos que medien circunstancias que hagan difícil reunir la información solicitada. En este caso, el órgano requerido deberá, mediante comunicación firmada por la autoridad responsable, antes del vencimiento del plazo de quince días, comunicar las razones por las cuales hará uso de la prórroga excepcional”, reza el artículo 8 de la ley 200-04.

Inconvenientes en el proceso

En contra de lo dispuesto, algunas instituciones se exceden por mucho en el tiempo programado para responder a una solicitud, cuya respuesta puede tardar meses, en ocasiones llegar incompleta o nunca haber sido enviada.

“Cuando yo me voy a sentar a solicitar una información estoy preparada para que me pongan trabas, o que me manden a otra institución, generalmente es la percepción que tengo…. Pero muchas veces sucede que ellos te agotan el tiempo de espera para al final decirte que vayas a tal institución y eso la ley no lo establece así”, cuenta la periodista Natalí Faxas a elCaribe.

En diciembre pasado la reportera hizo pública su queja a través de su cuenta de Twitter partiendo de un caso particular. “La @SISALRILRD y su equipo de acceso a información debería darle vergüenza responder un mes después una solicitud, prórroga excepcional de por medio, con el dato de que no es la entidad competente para responder”, publicó.

Faxas recordó a la institución lo que dicta la Ley 200-04, en artículo 7, párrafo II: “si la solicitud es presentada a una oficina que no es competente deberá enviar la solicitud a la administración competente para la tramitación conforme a los términos de la presente ley”.

No obstante, reconoce que tiene buenas experiencias con entidades gubernamentales que sí cumplieron con lo solicitado en el tiempo oportuno.

Respuesta tardía

elCaribe solicitó a la Digeig el listado de solicitudes completadas (cerradas) recibidas en el sistema SAIP desde enero 2020 al 31 diciembre 2021, según plazo de cumplimiento.

El documento enviado, incluye 254 instituciones gubernamentales, descentralizadas, incluso algunos ayuntamientos. De enero 2020 a diciembre 2021 a través del Portal Único de Solicitud de Acceso a la Información Pública (SAIP), se hicieron 25,992 solicitudes de las cuales 2,480 fueron contestadas fuera de plazo.

Un 20 % de los requerimientos no respondidos por una entidad en el intervalo establecido genera una alarma que da pie a un levantamiento por parte de la Digeig.

Entre las entidades con más de un 20% de las solicitudes contestadas pasado el plazo, en los dos años evaluados, figuran: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (33 de 146), Armada de la República Dominicana (21 de 59), Ministerio de Medio Ambiente (264 de 778), Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (183 de 798) y la eliminada Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (45 de 174).

Le siguen el Instituto Postal Dominicano (5 de 17), Plan de Asistencia Social de la Presidencia (14 de 69), Dirección General de Cine (11 de 28), Dirección General de Migración (29 de 116), Comisión Presidencial para la Modernización y Seguridad Portuaria (1 de 2), Fondo de Pensiones y Jubilaciones de los Trabajadores de la Construcción (3 de 6), Instituto Cartográfico Militar (13 de 20) y el Instituto Nacional de Educación Física (7 de 8).

Falta de transparencia

Para la comunicadora Julissa Céspedes, del programa de investigación Reporte Especial, que se transmite por CDN-Canal 37, ningún funcionario puede pasarle por encima a la Ley 200-04 y desde su experiencia muchos lo hacen olímpicamente.

“Podría ser una práctica, uno podría decir que es también desconocimiento pero la verdad es que es muy común, a nosotros nos pasa todos los días, cuando ellos pues terminan el plazo entonces te lo cambian”, dijo.

“Yo no sé si será dejadez, temor o si simplemente será para no verse cuestionados pero es raro que lo que más criticaba este Gobierno cuando era oposición era la falta de información, la falta de transparencia y la Ley de Libre Acceso a la Información es un derecho de los medios de comunicación y del ejercicio de la gente de saber en qué se invierten sus impuestos”, expresó.

En el listado de instituciones con un porcentaje considerable de solicitudes fuera de plazo también están el Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial (14 de 62), Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Monseñor Nouel ( 3 de 11) y el Cuerpo Especializado para la Seguridad del Metro de Santo Domingo (1 de 4).

Además, estuvieron en falta, el Fondo Especial para el Desarrollo Agropecuario (17 de 19), Instituto de Auxilios y Viviendas (7 de 35), Instituto en Innovación en Biotecnología e Industria (1 de 5), Instituto Nacional de Formación y Capacitación del Magisterio (6 de 30), Instituto Técnico Superior Comunitario (6 de 9) y el Instituto Superior para la Defensa (1 de 1).

Tampoco obtuvieron buenas calificaciones en cuanto al plazo de entrega de informaciones solicitadas, la Oficina de Custodia y Administración de Bienes Incautados y Decomisados (2 de 3), Oficina Nacional de Evaluación Sísmica y Vulnerabilidad de Infraestructura y Edificaciones (2 de 7) y el Organismo Dominicano de Acreditación (1 de 5).

El castigo que impone la ley

La Ley de Libre Acceso a la Información Pública precisa que el incumplimiento de los plazos establecidos en el artículo anterior, asimismo, cualquier conducta que violente, limite, impida, restrinja u obstaculice el derecho de acceso a la información de acuerdo a lo que establece la presente ley, constituirá para el funcionario una falta grave en el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de la aplicación del régimen sancionatorio que corresponda.

En efecto, la persona que se encuentre impedida en el ejercicio del derecho de acceso a la información podrá ejercer el recurso de amparo consagrado en el artículo 30 de la citada ley.

“El funcionario público o agente responsable que en forma arbitraria denegare, obstruya o impida el acceso del solicitante a la información requerida, será sancionado con pena privativa de libertad de seis meses a dos años de prisión, así como con inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por cinco años”, cita el artículo.

Según el reporte oficial de la Digeig, otras entidades que sacaron mala nota en el tiempo de respuesta fueron Servicio Nacional de Protección Ambiental (1 de 4), Superintendencia de Electricidad (32 de 112), Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada (1 de 3), Consejo Nacional de Competitividad (4 de 15), Consejo Nacional de Fronteras (2 de 6), Hospital General Regional Dr Marcelino Vélez Santana (9 de 9) y Hospital Pediátrico Dr. Hugo Mendoza (3 de 14).

El decreto que crea la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental la limita al Poder Ejecutivo, no obstante su radio de acción puede llegar a otras entidades no gubernamentales que administran fondos públicos y que necesitan acompañamiento para mejorar sus niveles de transparencia.

El Senado de la República (182 de 828) y el Tribunal Superior Electoral (17 de 54) entraron en la lista de instituciones con más de un 20 % de las solicitudes con respuesta fuera de plazo.

En el ámbito de gobierno local figuran con una alta cantidad de respuesta fuera del tiempo indicado, las juntas de distrito Hato del Yaque (1 de 3), San Luis (2 de 2) y San José de El Puerto (1 de 1).

Engrosa la citada lista los ayuntamientos de San Pedro de Macorís (30 de 51), Santo Domingo Norte (26 de 55), Santo Domingo Oeste (47 de 63), Boca Chica (16 de 34), Jarabacoa (4 de 20), La Romana (10 de 33), Moca (1 de 5), Puerto Plata (10 de 26) y San José de las Matas (4 de 5).

Ley está desconectada de la Constitución vigente

En el ensayo “Desafíos de la transparencia desde una nueva institucionalidad”, el vicepresidente ejecutivo de Finjus plantea una modificación a la Ley de Libre Acceso a la Información Pública para hacerla más fuerte y adaptarla al nuevo orden constitucional.

“Urge adecuar los presupuestos normativos vigentes de la Ley No. 200-04 hacia el horizonte que prevé el neoconstitucionalismo y las mejores prácticas en materia de transparencia”, consideró Servio Tulio Castaños. El jurista abogó por fortalecer la obligatoriedad de que los poderes públicos emitan información manejable para toda la población; promover mecanismos de diálogo permanente entre la ciudadanía y el Estado; y hacer aún más rigurosos los sistemas de consecuencias preestablecidos ante la ausencia de una información certera y veraz.

Reacciones

Lo que más criticaba este Gobierno cuando era oposición era la falta de información, de transparencia y la Ley 200-04 es un derecho”.
Julissa Céspedes
Programa Reporte Especial
Cuando me voy a sentar a solicitar una información estoy preparada para que me pongan trabas, o que me manden a otra institución”.
Natalí Faxas
Periodista
La Ley de Libre Acceso a la Información Pública es previa al nuevo orden constitucional y, por tanto, encuentra cierta desconexión”.
Servio Tulio Castaños Guzmán
Vicepresidente Ejecutivo de FINJUS

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