Sector de amas de casas, trabajadores domésticos, Finjus y el Ministerio de la Mujer plantean sus puntos de vista

El Gobierno ha colocado un nuevo tema en el debate nacional: la reivindicación y garantía de derechos a los más de 259 mil trabajadores domésticos. El comunicado emitido por el Ministerio de Trabajo en el cual invita a la población a emitir sus consideraciones para poder poner en ejecución el convenio asumido por el Estado ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha generado reacciones de los diferentes sectores..

“Hemos trabajado desde hace meses en esta disposición para que el sector doméstico, compuesto en su mayoría por mujeres, puedan contar con la garantía de sus derechos fundamentales, consagrados en la Constitución y en consonancia al mandato del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”, dijo el ministro Luis Miguel De Camps al anunciar que someterá a consulta pública la resolución que formaliza el trabajo doméstico.

Las opiniones no se hicieron esperar. La Asociación de Amas de Casa, la ministra de la Mujer, el Sindicato Nacional de Trabajadoras Domésticas, al igual que la Asociación de Trabajadoras del Hogar (ATH), plantearon sus puntos de vistas.

Ana Bertilia Cabrera, presidenta de las Amas de Casa, quien fue entrevistada en el programa Despierta CDN, que se transmite en el canal 37, considera que la normativa de la OIT que se aplica en otros países, debe ser adaptada a la realidad social de la República Dominicana a fin de evitar conflictos.

Expresó su apoyo a que se dignifique el oficio y que las trabajadoras puedan tener acceso a la seguridad sin embargo, entiende que hay que buscarle una salida ya que esa parte y algunos reglones contenidos en el convenio no podría ser asumido por las familias de clase media.

“Es un poco difícil pero si estamos de acuerdo a que el sector se reivindique de que el sector tenga un salario digno y que tenga una seguridad porque es in poco difícil que a la postrimería de los años de retiro una persona a los 30 años de servicios vaya a su casa enferma y sin ningún tipo de reivindicación que pueda comprar los medicamentos propios de la edad”, señaló Cabrera.

Refirió que la disposición ha venido a ponerlas en expectativa debido a que desde el años 2016, cuando el Congreso de la República se disponía a ratificar la disposición, el gremio planteó que este país no estaba todavía en condiciones de poner a las mujeres de clase media a cumplir con tantas demandas legales de un empleado normal.

Ministra de la Mujer

La ministra de la mujer, Mayra Jiménez, dijo que presentará una propuesta para que en el Estado intervenga en lo relativo a la seguridad social, enfatizando que el contar con un servicio doméstico es un privilegio y quien lo tenga, entonces debe garantizar las condiciones básicas a esas personas que trabajan.

“Ellas también tienen que tener el derecho a un seguro médico. Usted no puede tener el privilegio del cuidado, de su cuidado personal y el de su familia, sobre la base del sacrificio y de la negación de derecho de quienes hacen posible que usted tenga esa estabilidad”, enfatizó la ministra al destacar que el trabajo que esas 259 mil 022 personas, en su mayoría mujeres, no está bien remunerado, no tiene definida las jornadas ni da garantías de acceso a la seguridad social.

El borrador de la Resolución que elabora el Ministerio establece que la jornada del trabajo doméstico no podrá ser mayor de ocho (8) horas diarias, ni mayor de (44) horas semanales, teniendo entre jornada y jornada un descanso obligatorio de no menos de (9) horas.

En cuanto al salario, este no podrá ser inferior al salario mínimo que para este sector dicte el Comité Nacional de Salarios y además serán aplicables los artículos 177 al 191 del Código de Trabajo, en relación a las vacaciones. Lo que significa que, según la escala establecida en estos artículos, a mayor cantidad de años de relación laboral, mayor cantidad de derechos de vacaciones tendrá el trabajador.

De igual manera, indica que el empleador debe garantizar que los trabajadores domésticos disfruten de condiciones de trabajo y vida decentes, bajo el marco de respeto de su privacidad e integridad, por ende merecen de una protección efectiva contra toda forma de abuso, acoso y violencia.

Trabajadores domésticos

Maribenny Pérez, representante del Sindicato Nacional de Trabajadoras Domésticas, al igual que Victoria García, presidente de la Asociación de Trabajadoras del Hogar (ATH), cuestionan que se haya tomado la decisión de someter a vista pública el convenio por considerar que lo procedente en ponerlo en ejecución tal cual se asumió ya que lo que se contempla son derechos exigidos por ese sector.

Finjus

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) afirmó que el proyecto de resolución que regula el trabajo doméstico desborda las atribuciones conferidas al Ministerio de Trabajo, primero, por ser facultad exclusiva del legislador y, segundo, porque la iniciativa es una herramienta normativa complementaria a la ley y no derogatoria.

El vicepresidente de la Finjus, Servio Tulio Castaños Guzmán, recordó que el Congreso Nacional, en 2013 ratificó el convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre las trabajadoras y trabajadores domésticos, para lograr la armonización de la legislación vigente con dicho convenio.

Castaños Guzmán recordó que el Congreso, en 2013 ratificó el convenio 189 de la OIT sobre las trabajadoras y trabajadores doméstico, para lograr la armonización de la legislación vigente con dicho convenio.

Entre otras cosas, la resolución en cuestión del Ministerio de Trabajo, establece que el empleador tiene que pagar al servicio doméstico preaviso, incluirla en la seguridad social y la firma de un contrato escrito, que a su vez, debe depositarlo en la cartera mencionada.

Ana Bertilia Cabrera, presidenta de la Asociación de Amas de Casa.

Algunos aspectos del convenio de la OIT

El convenio establece, entre otras cosas: que todo miembro deberá fijar una edad mínima para los trabajadores domésticos compatible con las disposiciones del Convenio sobre la edad mínima y el Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil; deberá adoptar medidas para asegurar que el trabajo efectuado por los trabajadores domésticos menores de 18 años pero mayores de la edad mínima para el empleo no los prive de la escolaridad obligatoria, ni comprometa sus oportunidades para acceder a la enseñanza superior o a una formación profesional; asegurar que los trabajadores domésticos gocen de una protección efectiva contra toda forma de abuso, acoso y violencia; asegurar que disfruten de condiciones de empleo equitativas y condiciones de trabajo decente, así como si residen en el hogar para el que trabajan, de condiciones de vida decentes que respeten su privacidad; asegurar que sean informados sobre sus condiciones.

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