Santo Domingo.- El Poder Ejecutivo derogó el artículo 10 del decreto 740-20 del 30 de diciembre de 2020, que disponía el cese de actividades de las diferentes iglesias o denominaciones religiosas de todo tipo.

El gobierno explicó que se permitirá la apertura y celebración de actividades de las diferentes iglesias y otras denominaciones religiosas.

Dicha actividades religiosas se realizarán tres veces a la semana guardando los horarios establecidos para el toque de queda y acatando los protocolos generales y sectoriales vigentes contra la COVlD-19.

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