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Miami, EE.UU.- Básicamente los familiares derivados son las personas que se benefician de una petición que alguien tiene pendiente.

¡Por ejemplo! Si yo tengo un esposo o esposa que tiene una petición pendiente, al momento de que esta petición sea aprobada, yo como una persona derivada voy a beneficiarme de esta. Igualmente, los hijos menores de 21 años de edad se beneficiarían de una petición.

Todas estas peticiones que hablamos son las de categoría, dígase que las realizadas por ciudadanos a esposos e hijos o padres, no entran dentro de la explicación que estamos dando, pues todas estas tienen que esperar que haya una visa disponible.

¿Cómo sucede este proceso?

Básicamente mi petición, si yo soy el familiar principal, el que está beneficiándose de la que hizo otro familiar, cuando sea aprobada se va a dirigir al Centro Nacional de Visas, el cual inmediatamente cuando entra en el sistema la petición aprobada, entonces va a colocar a todos estos familiares derivados, y se va a crear un perfil de este beneficiario principal. Allí luego se verán todos los familiares derivados.

Como dijimos, son los esposos de estos familiares que tienen una petición principal, y también los hijos menores de 21 años.

Cuando ya en el sistema esté creado en el Centro Nacional de Visas, todos tendrán que pagar las tasas de la visa de inmigrante y también las tasas para el patrocinio.

Se van a llegan los formularios DS-160, y también se van a someter los documentos civiles que sean necesarios para cada aplicación. Esto va a depender obviamente de la historia de esta persona, por ejempló si residió en otro país diferente a República Dominicana, y también si estos familiares derivados son mayores de 14 años, ya que, en muchas ocasiones, dependiendo del país, se pide el certificado de no antecedentes penales.

Posted in Caribe Migración

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