Aunque bomberos hacen esta recomendación de seguridad en RD hay edificios de más de cinco pisos que no las tienen

¿Edificios a partir de cuántos pisos se recomienda que tengan escaleras de emergencia? “A partir de dos pisos, si la escalera no llega hacia el exterior. De la única forma que a partir de dos piso, no se exige, según la norma, una escalera de emergencia es si esa escalera llega hacia el exterior”.

Dijo el jefe del Cuerpo de Bomberos del Distrito Nacional, general José Luis Frómeta Herasme, con quien elCaribe sostuvo una conversación respecto a la gran cantidad de edificios de apartamentos de cuatro o más pisos sin escaleras o salidas de emergencia, además de estar selladas sus puertas y ventanas con hierro por temor a la delincuencia.

“Hay dos pisos, y la escalera normal de servicio sale hacia el exterior, no tiene necesidad de escalera de emergencia pero si no sale al exterior, debe tener una escalera de emergencia con su respectiva puerta”, continuó explicando el general en compañía del coronel Genaro Rodríguez, director del departamento técnico de la entidad.

Aunque la recomendación es que desde dos pisos, en el gran Santo Domingo y otras partes del país, es notable la cantidad de edificios de cuatro, cinco y más pisos que no cuentan con escaleras o salidas de emergencia en caso de que se produzcan siniestros.

Esta violación al reglamento para la Seguridad y Protección contra Incendios promulgado por el Poder Ejecutivo, R-032, no solo es por parte de las empresas constructoras y desarrolladores de proyectos.

El propio Estado avala esa inobservancia, puesto que proyectos promovidos por el Ejecutivo, más de 34 mil unidades habitacionales en todo el país según cifras oficiales, figuran entre las principales carentes de este elemento básico de seguridad.

Tanto los bomberos como el Colegio Dominicanos de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (Codia) y varios especialistas consultados sobre el tema, coinciden en establecer que el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (Mopyc), anteriormente, y ahora, el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (Mivhed) son las entidades responsables de que esto se cumpla o no se cumpla, porque por ley son los facultados para otorgar permisos, supervisar y garantizar que las construcciones cumplan con las normas de seguridad.

El R-032, establece como excepciones para que las viviendas de hasta cinco pisos no cuenten con escaleras o salidas de emergencias cuando estas cuenten con barrera corta fuego, haya una distancia de recorrido no mayor a los 30 metros y la capacidad de personas por piso, no exceda las 21.

Sin embargo, al tema de colocar barrera corta fuego, según los bomberos, en República Dominicana solo le darían cumplimiento las empresas que tienen niveles de riesgo en sus operaciones.

“Vuelvo y le repito, básicamente eso no se da ya en estructuras para uso familiar. Aquí en el país no se da esa parte”, dijo el coronel Rodríguez al explicar que los corta fuegos se preparan o crean con más frecuencia en construcciones para empresas que manejan ciertos productos.

¿Para qué o por qué es necesaria una escalera de emergencia?

“Fíjate que en un edificio, cuando hay un evento, el humo camina vertical o sea, se va hacia arriba. Si en un piso dos o tres hay un incendio, y automáticamente el humo va al piso diez, entonces una persona que vive en el piso 10, no va a poder bajar por las escalera normales, entonces por eso son las escaleras de emergencia para que las personas puedan evacuar y los bomberos cuando lleguen puedan evacuar a las personas por ahí y no bajarlas por esas emanaciones de humo” ya que el dióxido de carbono es la causa principal de muertes durante incendios, explicó en términos llanos el jefe de los bomberos del Distrito.

Ahora, si esto es tan importante y los bomberos son quienes conocen y manejan los niveles de riesgo de las edificaciones carentes de escaleras y salidas de emergencia ¿Qué hacen ellos para que se cumplan con las normas?

Los hombres y mujeres que arriesgan sus vidas para salvar las de otros atrapados en incendios o bajo escombros a consecuencia de derrumbes provocados por terremotos u otros factores, solo pueden hacer recomendaciones. No tienen facultad de sancionar aunque detecten irregularidades o violaciones al reglamento de seguridad.

“Nosotros tenemos un acercamiento con desarrolladores y constructoras pero basado en el sistema de ley, no tenemos una potestad para impedir el desarrollo. Nosotros cuando esas personas tienen inquietudes, les acompañamos en un proceso de inspección y ahí lo que hacemos es recomendarle hacer tal o cual cosa”, señaló el director técnico.

“Cuando la constructora presenta los planos a Obras Públicas (ahora al Ministerio de la Vivienda), aparte de varios permisos, Obras Públicas es una de las básicas, esos proyectos tienen que presentar que tienen escaleras de emergencia, tiene que tener la parte de lo que es la prevención de incendio porque en la prevención, ellos mismos (Mopyc y Mivhed) fiscalizan de que se está haciendo el trabajo”, refirió el general Frómeta Herasme además de lo ya externado por el coronel Rodríguez.

¿Por qué el Estado pone en riesgo a ciudadanos?

Ante estas declaraciones lo válido es cuestionarse ¿Por qué Obras Públicas, en su momento, y ahora el Ministerio de la Vivienda han permitido que Ciudad Juan Bosch, La Nueva Barquita y Mi Vivienda Ciudad Modelo y San Luis no tengan escaleras o salidas de emergencia? “Nos falta mucho trabajo por recorrer y si nos ponemos a mirar hacia atrás, antes no había nadie con escaleras de emergencia pero ya hay muchos que se han acoplado a la norma”, enfatizó el jefe de los bomberos al destacar que las escaleras de emergencia no pueden ser sustituidas por las de servicios porque estas tienen un diámetro determinado para que las personas puedan hacer la evacuación correctamente.

34,928
Es el número de apartamentos sin escalera de emergencia en los proyectos Mi Vivienda Feliz y Ciudad Juan Bosch.

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