El proceso de selección de los miembros de las juntas electorales que inició la Junta Central Electoral (JCE) el 28 de octubre de este año, avanza sin contratiempos y hasta el momento más de 2 mil personas se han inscrito.

Hasta el momento, mil 985 personas se han inscrito para las 142 juntas cuyo proceso de recepción de solicitudes ya venció. Faltan 16 juntas electorales por reunirse y el cronograma de cierre de la primera etapa está pautado para el 28 de enero del 2022.

Del total de aspirantes, 809 son mujeres y mil 176, hombres. De acuerdo al cronograma que estableció la JCE para esos fines, concluido el proceso de recepción de solicitudes para integrar las juntas electorales, el órgano revisará las objeciones que se presenten contra los postulantes y luego procederá a la elección.

El presidente de la JCE, Román Jáquez, ha indicado que luego esos funcionarios serán sometidos a un proceso de formación en la Escuela Nacional de Formación Electoral y del Registro Civil.

¿Qué son las juntas electorales?

Las juntas electorales están establecidas en el artículo 213 de la Constitución. “En el Distrito Nacional y en cada municipio habrá una Junta Electoral con funciones administrativas y contenciosas. En materia administrativa estarán subordinadas a la Junta Central Electoral. En materia contenciosa sus decisiones son recurribles ante el Tribunal Superior Electoral”, explica.

El artículo 35 de la ley 15/19 del Régimen Electoral establece la composición de esos órganos. “La junta electoral del Distrito Nacional se compondrá de un presidente y cuatro vocales. Las demás juntas electorales se compondrán de un presidente y dos vocales. Tendrán dos suplentes cada uno, serán designados por la Junta Central Electoral, la cual podrá removerlos y aceptarles sus renuncias”, puntualiza.

En tanto, el artículo 36 fija los requisitos para integrar las juntas electorales. “Para ser miembro titular o suplente de una junta electoral se requiere ser mayor de 25 años de edad, bachiller, estar domiciliado en el municipio y tener por lo menos tres años de residencia en el, estar en el pleno goce de los derechos civiles y gozar de buena reputación”, detalla.

Señala que en el caso del presidente debe ser abogado.
“En el caso del presidente de cada junta electoral, uno deberá ser doctor o licenciado en derecho”, señala.

El presidente de la JCE ha resaltado la importancia de la formación de los integrantes de esos órganos por ser los responsables de las elecciones.

Miembros encabezan actos para elegir personal

Los miembros titulares de la JCE y el presidente han encabezado los actos para la recepción de las propuestas para la integración de las juntas electorales, y el proceso ha sido ampliamente difundido por la institución. La JCE ha desarrollado una campaña para motivar a la ciudadanía a formar parte de las juntas electorales, con un mensaje enfocado en que la democracia requiere la partipación ciudadana para que se fortalezca.

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