En su penúltima sesión de esta segunda legislatura ordinaria realizada ayer, la Cámara de Diputados declaró de urgencia y aprobó en dos sesiones consecutivas el proyecto de ley que deroga y sustituye la legislación que dicta la Ley Orgánica del Banco de Reservas de la República Dominicana (Ley 6133).
La pieza sometida por el Poder Ejecutivo contempla varias modificaciones a la Ley 6133, entre ellas cambiar el nombre Banco de Reservas de la República Dominicana a “Banco de Reservas de la República Dominicana-Banco Múltiple” como razón social, por las distintas funciones que realiza dicha entidad.
El pliego legislativo pasará al Senado para su consideración; el mismo contó con el apoyo de todas las bancadas, a excepción de algunos legisladores de Fuerza del Pueblo (FP). La iniciativa fue acogida con 102 votos a favor, uno en contra y 10 abstenciones.
Con la reforma legislativa, el administrador general de la entidad bancaria se cambia a presidencia ejecutiva; y los siete suplentes de miembros en el Consejo de Directores que hay en la actualidad son elevados todos a miembros, para un total de 14 miembros de manera general. Dentro de esos integrantes hay dos en sus oficios, como es el ministro de Hacienda, así como el presidente ejecutivo del Banco.
También entre esos 14 miembros, la Junta Monetaria podrá enviarle al Poder Ejecutivo tres integrantes, para que él sopese si los nombra o no. Esos miembros, además, podrán ser removidos en cualquier momento, como lo disponga el jefe de Estado.
Otra novedad de la pieza es que se especifican los requisitos que deben tener dichos miembros, así como el alcance y las atribuciones que tiene el Consejo de Directores.
Eliminación de exoneración fiscal
Al rendir el informe favorable, el diputado perremeísta Leonardo Alfonso Aguilera, presidente de la comisión especial conformada para estudiar el proyecto el pliego de ley, explicó que elimina la exoneración fiscal que tiene el Banco de Reservas hoy en día, lo que quiere decir que cuando la ley sea promulgada, el Banco comenzará a pagar al igual que todos los demás.
Otra de las reformas que destacó, es que el Banco de Reservas seguirá bajo las normativas financieras monetarias y de la Ley 249-17 sobre Mercado de Valores; y no le serán aplicadas las normativas del sector público, salvo aquellas que lo dispongan de manera expresa.
En la norma legislativa se da a conocer a dónde van las utilidades del banco y en qué porcentaje. En ese sentido, se detalla que un 60% de las utilidades de la entidad financiera irán al patrimonio del Banco de Reservas y el 40% restante, al Estado dominicano.
Con el 40%, el Estado dominicano deberá recibirlas en el transcurso del año fiscal en que sean declaradas, y de no ejecutarse, las mismas pasarán a formar parte de las reservas patrimoniales del Banco. Del monto resultante, y antes de transferirlo al Estado, se destinará directamente un monto máximo de 15% para cubrir deudas del Estado y de sus dependencias con el Banco. En todo caso, el monto resultante sólo será distribuido al Estado dominicano, cuando el Banco cumpla con los niveles de solvencia regulatoria y adecuación patrimonial, exigidos por la Ley Monetaria y Financiera y sus normas de aplicación.
Aguilera informó que desde el año 1962, cuando fue promulgada la Ley 6133, hasta la fecha, la legislación ha sido modificada seis veces.
Fueron aprobados en segunda lectura
Los diputados también aprobaron ayer en dos sesiones consecutivas el proyecto de ley para la prevención de la ceguera y la discapacidad visual en niños prematuros, de la autoría de la diputada María Fernández. La pieza legislativa, que ahora pasa al Senado, tiene por objeto establecer los principios y normas generales que promuevan la prevención de la ceguera y la discapacidad visual evitables en niños prematuros. Además, fue refrendada con el voto positivo de los diputados el proyecto de ley que eleva a la categoría de municipio el distrito municipal Villa Central, provincia Barahona, de la autoría de la diputada Rudy María Méndez. Asimismo fue sancionado en segunda lectura el proyecto de ley que designa con el nombre Diana Antonia Rodríguez Guzmán, la escuela Jaime Molina Mota, ubicada en la sección Palmarito Arriba, municipio Salcedo, provincia Hermanas Mirabal. La iniciativa, sometida por el diputado Félix S. Hiciano, en uno de sus considerandos establece que la capacidad gerencial de la profesora le permitió incorporar la comunidad a la escuela, logrando crear la Oficina de Desarrollo de la Comunidad (ODC), la cual ofrecía el aprendizaje de un oficio de carácter técnico y manufacturero.