El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Flavio Darío Espinal, aseguró que durante la pandemia del coronavirus, el Gobierno dominicano, ha actuado apegado estrictamente a la legalidad.

Durante una declaración sobre la validez de la última prórroga del estado de emergencia, en respuesta a una acción de inconstitucionalidad depositada por el Partido Revolucionario Moderno, Espinal dijo que determinados grupos han dado “una interpretación completamente errónea” de la Ley 21-18 sobre regulación de los estados de excepción.

“En República Dominicana no existe prórroga de la prórroga, sino prórroga o prórrogas al estado de excepción, el cual representa una continuidad temporal que se extiende desde su declaratoria hasta su levantamiento”. “Cuando esta disposición hace referencia al tiempo ya autorizado para cada estado de excepción, evidentemente alude a la autorización de su declaratoria, pues las prórrogas son meras extensiones temporales y no pueden considerarse como figuras independientes al estado de excepción en sí”, sostuvo.

Indicó que la Ley 21-18 establece que le corresponde al Congreso Nacional establecer el plazo de duración del estado de emergencia y que el Poder Ejecutivo puede solicitar al Congreso Nacional tantas prórrogas como sea necesario.

Señaló que, asimismo, la ley determina que el plazo de tales prórrogas no puede exceder del plazo originalmente autorizado por el Congreso Nacional.

“Tanto el Congreso Nacional como el Poder Ejecutivo han actuado apegados a la Constitución y a la Ley 21-18, cuando el primero autorizó y el segundo declaró mediante el decreto 213-20 la prórroga del estado de emergencia por 17 días a partir de este 14 de junio”.

“No existe absolutamente nada en la Constitución o la ley que pueda ni remotamente dar lugar a la interpretación de que una prórroga no puede exceder el plazo otorgado en la prórroga anterior”.

Manifestó que el plazo de referencia para autorizar las prórrogas del estado de emergencia debe ser el otorgado originalmente, el cual fue de 25 días en virtud de la resolución 62-20.

PRM dice resolución viola seguridad jurídica

El PRM sometió ayer ante el Tribunal Constitucional una acción de inconstitucionalidad que busca la nulidad de la resolución 67-20 del Congreso Nacional y los decretos 213-20 y 214-20, que prorrogó el estado de emergencia hasta el 30 de este mes. El PRM sostiene que la nueva prórroga del estado de emergencia viola la seguridad jurídica, proporcionalidad y legalidad.

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