El Ministerio de Trabajo anunció a empleados, empresarios y a la población en sentido general, los días feriados del el año 2020, en cumplimiento a la Ley 139-97, que establece el traslado de los días feriados.
Ya pasadas las celebraciones de Año Nuevo, fecha que no se cambia; el siguiente día festivo en este 2020 es el lunes 6 de enero, fecha en que celebración del “Día de los Santos Reyes”, que tampoco se mueve.

Le sigue el martes 21 del mismo mes, día de Nuestra Señora de la Altagracia, e igualmente no se cambia; y domingo 26 de enero, donde que se conmemora el nacimiento el Padre de la Patria, Juan Pablo Duarte, que es inamovible. También el jueves 27 de febrero, Día de la Independencia Nacional”, que tampoco puede moverse de su fecha.

De acuerdo con un documento, el Ministerio de Trabajo precisa que el Viernes Santo, día en que se rememora la muerte de Jesucristo, no se cambia, por tanto, se celebrará el viernes diez de abril.

En cambio, el viernes primero de mayo “Día del Trabajo”, se trabaja en esa misma fecha, y se rota el festivo para el lunes 04 de mayo, por lo tanto, ese día es no laborable. Asimismo, se informó que “Corpus Christi”, celebración religiosa que este año 2020 se conmemorará el jueves 11 de junio, no se cambia.

Según el calendario difundido por el Ministerio de Trabajo, otro día que es inamovible es el domingo 16 de agosto, “Día de la Restauración”, por lo que será celebrado en la misma fecha.

El Día de las Mercedes, otra celebración religiosa el jueves 24 de septiembre, es inamovible y, por ende, es feriado en esa fecha. Mientras que el viernes 6 de noviembre día de la “Constitución Dominicana”, se trabaja normal, pero se cambia la festividad para el lunes 9 de ese mismo mes.

En tanto, el viernes 25 de diciembre, día del Nacimiento de Jesús, en donde se celebra la Navidad, tampoco admite que se cambie o se mueva su fecha de festejo.

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