La Cámara de Diputados declaró de urgencia y aprobó en dos lecturas el proyecto de ley de exequátur de la República Dominicana.

La iniciativa, del diputado perremeísta Moisés Ayala, tiene por objeto derogar la Ley No. 111, sobre exequátur en la República Dominicana y actualizar la legislación. La pieza de ley pasará al Senado para su ratificación.

Dicho proyecto busca crear el sistema nacional que regula y organiza el proceso de canalización o tramitación para la obtención de la licencia de profesionales que autoriza el ejercicio de las personas que hayan alcanzado títulos de educación superior a nivel de grado, en instituciones académicas del país o del extranjero, de forma expedita, segura y eficaz; así como las circunstancias en que se pierde o se cancela en forma definitiva o temporal la vigencia de la misma, establecer los procedimientos para la recuperación de los derechos de ejercicio en los casos de suspensión temporal.

De acuerdo a la normativa de ley, es obligatorio obtener la licencia profesional para el ejercicio legal, en el territorio nacional, de todas las profesiones de nivel de grado impartidas por educación superior que hayan sido reconocidas conforme a la Ley No. 139-01, y a los reglamentos de su aplicación, así como a leyes y decretos en vigencia.

El Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCyT) será la autoridad competente para otorgar la licencia profesional, quien, además, creará las estructuras internas y administrativas para la emisión de la licencia profesional. La pieza indica que a partir de la fecha de recepción de la solicitud de licencia profesional por parte del interesado, la MESCyT tendrá un plazo máximo “de dos meses” para aprobar o rechazar la indicada solicitud.

Infracciones y sanciones

Los profesionales que ejerzan una profesión o especialidad sin estar debidamente provistos de la licencia profesional de ley, serán castigados con tres años de prisión menor y multas de nueve a quince salarios mínimos del sector público y suspensión del título hasta obtener la licencia profesional, sin perjuicio de otras sanciones legales que correspondan por el hecho antijurídico.

El artículo 14 precisa que en el caso de una sentencia definitiva condenatoria a pena criminal o infamante, por un hecho cometido por una persona, la licencia profesional queda suspendida hasta el cumplimiento de la pena o que recobre su libertad, o será privada de la misma definitivamente según el caso y circunstancias jurídicas.

Otorgará la autorización para ejercer carrera

El MESCyT tendrá la atribución de colocar el trámite en línea; definir criterios, estándares, mecanismos y procedimientos para la elaboración profesionales, y administración requeridas para otorgar licencias; conocer las solicitudes de licencias para el ejercicio de profesiones de educación superior que no se correspondan con la naturaleza y funciones del MESCyT; otorgar o rechazar la autorización para ejercer profesiones; y otras atribuciones.

Posted in País

Más de panorama

Más leídas de panorama

Las Más leídas