El ministro Administrativo de la Presidencia, José Ramón Peralta, instruyó a todos los titulares de las instituciones públicas a garantizar el uso adecuado de los símbolos patrios, como lo estable el articulo 31 de la Constitución de la República.

La disposición está contenida en un oficio firmado por el funcionario y remitido a los ministros, superintendentes, gobernadores, rectores, directores, y administradores generales de instituciones del Estado.

En ese contexto, recientemente el presidente del Senado de la República, Reinaldo Pared Pérez, denunció que en las instituciones públicas que izan la Bandera Nacional sin el Escudo en el centro están violando el artículo 31 de la Constitución.

El funcionario instó a las referidas instancias gubernamentales a tomar las medidas de lugar a los fines de garantizar el cumplimiento de la Constitución y las disposiciones normativas.

El Escudo, junto a la Bandera y el Himno Nacional, son considerados por la Carta Magna en su artículo 30 como símbolos patrios.

En ese sentido, el presidente de la Comisión Permanente de Efemérides Patrias, licenciado Juan Daniel Balcácer, afirma que esa entidad se ha mantenido defendiendo el uso correcto de los símbolos patrios durante años, y que ahora con la promulgación de la Ley 210-19 se dispone de un soporte legal eficaz para tomar acciones contra quienes incurran en actos irreverentes.

“Es importante apuntar que la CPEP ha desarrollado una campaña de sensibilización que ha encontrado respaldo en los diferentes medios de comunicación del país”, afirma.

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