La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) detalló las pautas generales que deberán seguir las 21 instituciones autorizadas a ejecutar procedimientos de compras de emergencia, de conformidad al decreto 537-22, para hacer frente a los daños ocasionados por el huracán Fiona en el país.

Mediante circular, Carlos Pimentel recomendó a los titulares de dichas instituciones que, antes de convocar un procedimiento de contratación por emergencia nacional verifiquen si se encuentran dentro del referido decreto presidencial y realicen el levantamiento de información correspondiente, para garantizar el suministro de los bienes, la continuidad de los servicios o la ejecución de las obras requeridas para atender las necesidades de interés general consignadas en la declaratoria de emergencia.

La DGCP recordó que, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 340-06, los procedimientos de emergencia nacional aplican en circunstancias de fuerza mayor generadas por acontecimientos graves e inminentes, tales como terremotos, inundaciones, sequías, grave conmoción interna, agresión externa, guerra internacional, catástrofes naturales, y otras que provengan de fuerza mayor en el ámbito nacional y regional.

En lo relativo a la apropiación de fondos y asignación de cuota de compromiso, Contrataciones Públicas insta a las instituciones autorizadas a seguir los lineamientos emitidos por la Dirección General de Presupuesto (Digrepres) a fin de garantizar el pago oportuno de las compras realizada a los proveedores de bienes, servicios u obras que sean contratados a través de estos procedimientos de excepción.

En cuanto al tiempo y la forma de presentación de ofertas, el órgano rector detalla que las instituciones deberán establecer un plazo mínimo razonable entre la publicación de la convocatoria y la recepción de ofertas, el cual será ampliado según la complejidad y naturaleza de la contratación.

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