El Observatorio por el Justo Proceso (OJP) advirtió que el Ministerio Público no está facultado para hacer acuerdos con coimputados a cambio de “delaciones premiadas”.
El OJP alega que en el país la figura de “justicia negociada”, no está del todo desarrollada y que para ello dichas delaciones deben ser autorizadas por un juez.

La entidad, que integra a varios juristas, precisa que el Ministerio Público no goza de discrecionalidad para arribar a acuerdos con delatores, como tampoco para abstenerse de imputarlos o retirarles la acusación, cuando la misma ya ha sido depositada por ante el juez de la instrucción correspondiente.

En su informe sostiene que se trata de acuerdos alcanzados por los fiscales “ius puniendi” con sujetos investigados, quienes a cambio de confesar su participación en hechos punibles y prestar colaboración activa u ofrecer información relevante tendente a facilitar la prueba de los mismos hechos respecto de otras personas, logran una rebaja de la pena imponible o que no se les formule acusación.

“Si los fiscales no son autorizados por un juez, cualquier acuerdo sería radicalmente nulo y la ingenuidad del delator apenas habría servido para que el Ministerio Público pudiese alegar elementos de prueba de discutible licitud, aunque el escenario para esa discusión sea la audiencia preliminar o la de juicio”, explica el OPJ.

El OJP advirtió que coimputados han estado celebrando acuerdos con el Ministerio Público sin que resolución judicial alguna haya previamente declarado complejo el caso en cuestión.

Forman parte del Observatorio, Eduardo Jorge Prats, Luz Díaz, Francisco Franco, Julio Cury, Emery Colomby Rodríguez, Luis Ernesto Peña, Carlos Julio Martínez, Juan Ramón Vásquez y Marisol García.

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