Organizaciones provida se movilizan en contra del aborto

Un bloque de organizaciones de la sociedad civil y denominaciones religiosas de la República Dominicana elevó ayer formalmente una instancia de intervención voluntaria ante el Tribunal Constitucional (TC).

La acción jurídica busca defender la plena constitucionalidad de la Ley No. 75-2025 del Código Penal y rechazar de manera categórica el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por colectivos proaborto que pretende anular los artículos que sancionan la interrupción del embarazo.

Los intervinientes, entre los que figuran la Arquidiócesis de Santo Domingo, Pro-Nación, Juventud con una Misión (Jucum) y la Alianza Vitae, argumentan que el texto punitivo aprobado el pasado año guarda una sintonía matemática con el artículo 37 de la Carta Magna.

Dicho precepto establece el carácter inviolable del derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte, lo que, a juicio de la defensa próvida, anula cualquier margen de ambigüedad interpretativa.

La ofensiva legal responde de forma directa a la demanda sometida ante la alta corte por las organizaciones Católicas por el Derecho a Decidir, la Asociación Alianza Cristiana Dominicana y la ciudadana Rosa Herminia Hernández. Estas agrupaciones buscan dejar sin efecto las cláusulas de penalización absoluta bajo el alegato de que vulneran los derechos fundamentales de las mujeres, la salud reproductiva y la dignidad humana.

Mientras el sector que favorece el aborto, cuenta con el respaldo técnico y de opinión de organismos globales como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Human Rights Watch y entidades locales como Participación Ciudadana; el frente conservador que apoya su penalización, ha sumado el peso político y social del Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (Codue) y la Alianza Evangélica Dominicana (AED).

En sus argumentos escritos, los juristas defensores del Código Penal enfatizan que la legislación actual no desampara la emergencia médica. Sostienen que los protocolos clínicos y el ordenamiento jurídico vigente amparan la libertad del personal de salud para salvaguardar la vida de la gestante en situaciones de riesgo crítico, sin que la aplicación de terapias de salvamento constituya el tipo penal del aborto provocado.

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