Mediante la resolución 374-22, el Poder Ejecutivo promulgó el Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de República Dominicana y el de la República Oriental del Uruguay, que reconoce a las partes los derechos de sobrevolar el territorio de la otra parte contratante y de hacer escalas para fines no comerciales en dicho territorio.

El convenio, suscrito en Santo Domingo el 12 de noviembre del año 2018, también contempla el reconocimiento del derecho de prestar servicios regulares y no regulares, combinados de pasajeros y carga o exclusivos de carga, entre el territorio dominicano y de Uruguay y además de cualquier tercer país, a través de su propio territorio.

Dichos servicios pueden, cuando se trate de vuelos exclusivos de carga, no comprender ningún punto del territorio de la parte que designa la línea aérea, sin limitaciones en cuanto a rutas, frecuencias y material de vuelo, que podrá ser propio, arrendado o fletado, según señala el acuerdo.

Acuerdo de Servicios Aéreos con Catar

En otro orden, también se promulgó el Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de República Dominicana y el del Estado de Catar, suscrito el 6 de diciembre de 2017, en Colombo, Sri Lanka.

El convenio tiene como objetivo la creación de una cooperación efectiva entre ambos Estados para facilitar la expansión de oportunidades de servicios aéreos y garantizar el más alto grado de protección y seguridad internacional, lo cual motivará el desarrollo de mayor variedad de ofertas de servicios y precios competitivos por parte de las aerolíneas.

Ambas disposiciones presidenciales, aprobada por el Congreso Nacional, ordenan que sean publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y ejecución.

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