Santo Domingo.– El recién aprobado Código Penal dominicano incorpora cambios en materia de justicia penal, y uno de los temas que ha generado mayor atención es la redefinición de la legítima defensa, establecida en el artículo 19.
Este artículo determina que no será punible la acción de una persona que, en defensa propia o de un tercero, rechace una agresión actual, inminente e injustificada, siempre que se cumplan ciertos requisitos esenciales. En otras palabras, cuando alguien actúe dentro del marco de la legítima defensa, no comete delito.
¿Qué contempla el nuevo Código Penal sobre la legítima defensa?
De acuerdo con el artículo 19, para que se considere legítima defensa deben cumplirse los siguientes elementos clave:
- Agresión actual e inminente: La amenaza debe estar ocurriendo o a punto de ocurrir; no se justifica defenderse de agresiones pasadas o hipotéticas.
- Agresión injustificada: La persona que se defiende no debe haber provocado el ataque, ni este debe tener una justificación legal.
- Necesidad y proporcionalidad: El medio utilizado para repeler el ataque debe ser necesario y proporcional. Es decir, no se puede responder con más violencia de la estrictamente necesaria.
- Simultaneidad: La defensa debe realizarse en el mismo momento de la agresión. Cualquier represalia posterior no se considera defensa legítima.
Este artículo busca proteger a quienes actúan en defensa propia sin abrir la puerta a excesos o abusos bajo esa excusa.
Un caso que pone el foco en este artículo
La aprobación de este nuevo marco legal ocurre en un contexto donde varios casos recientes han puesto sobre la mesa el debate sobre qué se considera legítima defensa y qué no.
Uno de los ejemplos más comentados fue el caso ocurrido en el restaurante MG Kitchen, donde un violento incidente sacudió el pasado viernes en el exclusivo sector de Naco. Un hombre identificado como José Alexander de los Santos, alias “Alex Paquete” o “Papeleta”, protagonizó un tiroteo dentro del establecimiento, que dejó un fallecido y un herido de gravedad.
Con esta nueva normativa, el Estado dominicano busca equilibrar el derecho a la defensa con la necesidad de evitar la violencia desproporcionada o los ajustes de cuentas personales.
Video capta momento de la muerte de Alex Weed en MG Kitchen
La difusión en redes sociales de un video que capturó los momentos previos al asesinato de Alexander Pilier, conocido como “Alex Weed” o «La Zarza Retro», reactiva el debate sobre la violencia urbana y el rol de los contenidos digitales en procesos judiciales en República Dominicana. El material audiovisual muestra a Pilier propinando una bofetada a otro hombre, tras lo cual se escuchan múltiples disparos.
Este hecho, ocurrido el 6 de agosto, pone en el centro de atención al presunto autor de los disparos, José Alexander de los Santos Lemos, alias “Alex Paquete”, quien huyó del lugar tras el incidente. El video, que ha circulado ampliamente en plataformas como Instagram, X y TikTok, ha provocado una oleada de reacciones que van desde la indignación hasta la especulación sobre legítima defensa.
Prisión preventiva Alex Paquete
El martes 6 de agosto, el juez Rigoberto Sena, de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, dictó tres meses de prisión preventiva como medida de coerción contra “Alex Paquete”. La decisión responde a la gravedad del hecho y a la necesidad de asegurar la presencia del imputado mientras avanza la investigación.
La fiscalía sostiene que existen suficientes elementos para justificar la prisión provisional. Por su parte, la defensa insiste en que su cliente no planeó el ataque y que su vida estuvo en peligro en el momento de los hechos. El caso se revisará nuevamente antes de agotar los 90 días establecidos.
