¿Quién sube o baja el pasaje en la nueva ley de tránsito y transporte?

La ley 63-17 prevé cambios significativos en el sistema de transporte de la República Dominicana, los que han sido bien valorados por diferentes sectores de la vida nacional, pero cuando toca temas de interés económico se rompe cualquier armonía.

La ley 63-17 prevé cambios significativos en el sistema de transporte de la República Dominicana, los que han sido bien valorados por diferentes sectores de la vida nacional, pero cuando toca temas de interés económico se rompe cualquier armonía.Amenazar con subir los precios del pasaje ha sido la mejor arma del sector sindical de transporte público de pasajeros, casi siempre justificada en el aumento de los combustibles, de los peajes y los costos de operación.

La nueva legislatura sobre Movilidad, Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial plantea un cambio de un régimen tarifario rudimentario existente actualmente a la implementación de sistemas electrónicos para el cobro y pago en las redes de transporte urbano e interurbano.

Uno de los aspectos más controversiales de la ley, que está en la fase de elaboración de sus reglamentos, es prohibir más de la cantidad de pasajeros que indica el fabricante del vehículo.

¿Qué dicen los transportistas?

A quien se sorprenda violando esta disposición no podrá continuar la marcha hasta abordar el número de pasajeros establecido y será sancionado con una multa equivalente de uno a tres salarios mínimos que impere en el sector público centralizado y la reducción de puntos en la licencia de conducir que determine el reglamento.

Pero ¿qué tan dispuestos están en colaborar con este cumplimiento los sindicalistas que manejan el 90 % de la demanda de los usuarios?

“Que se prepare el país para lo peor, porque lo primero que vendrá es un aumento del pasaje, porque cuando a una guagua de esa voladora que esté en la 27 de Febrero, que le entran 40 pasajeros, esa que es de 30, y te la bajen a 29, ¿se va a quedar el pasaje igual?”, cuestionó Antonio Marte, presidente de la Central Nacional de Organizaciones del Transporte (Conatra).

El transportista advierte que si el Gobierno no toma medida, el pasaje urbano podría aumentar hasta 10 pesos por persona. Aseguró que el Estado no está preparado para eliminar el servicio que prestan los carros de concho.

Se mostró de acuerdo con la implantación de un sistema masivo de transporte de pasajeros, pero le preocupa qué pasará con esos choferes cuya edad no le permite emplearse.

Marte afirmó que en el Congreso Nacional se mutilaron las recomendaciones hechas por el sector sindical a la ley 63-17. “Es la primera ley donde los actores principales no participan. Estamos en reuniones (con el Gobierno), pero en sí yo no veo nada. Nosotros hemos llevado la fiesta en paz hasta ahora, pero ojalá la ley no venga en perjuicio del usuario”, subrayó.

Mientras Juan Hubieres, presidente de la Federación Nacional de Transporte la Nueva Opción (Fenatrano) recordó al Gobierno que éste solo mueve el 10 % de la demanda de los usuarios. “El pasaje hace tiempo que debe estar como está todo en el mercado”, consideró.

Y cuando no hay autoridad…

Pero de acuerdo con Tobías Crespo, autor de la ley, ya las cosas no son como antes y el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) será quien pondrá las reglas del juego.

Recordó que la derogada ley 241 no tocaba el fondo del transporte terrestre, el cual durante décadas operó solo por uso y costumbre.

Indicó que la falta de un marco normativo impedía a las autoridades planificar, regular y sancionar al sector de transporte de pasajeros y carga.

Y al no ver una regulación, los propios sindicatos definían los precios de los pasajes en determinadas rutas.

La nueva legislatura procurará la creación de fondos fiduciarios, solidarios y cooperativos para avalar las operaciones de inversión pública y privada en medios de transporte, equipos e infraestructuras.

¿A quién subsidiará?

También facilitará la adopción de esquemas sociales de subsidios y tarifarios dirigidos a grupos determinados de usuarios, tales como estudiantes, personas con condiciones especiales y envejecientes.

Tobías aclara que si en algún caso una tarifa no resulta rentable para un transportista, el Estado a través del Intrant dará un subsidio a la demanda, es decir, a los ciudadanos que se transportan, que no necesariamente se limita a las personas en condiciones mencionadas.

En cuanto a los transportistas dijo que representantes del nuevo órgano rector del transporte deberán sentarse con los actores del sector sindical para determinar el precio del pasaje por ruta, siempre garantizando que los ciudadanos se transporten de manera digna. “El Estado se va a tener que sentar con ellos en cada ruta, en cada corredor y modalidad del servicio para ver cuál es el pasaje que aplica; y si hay que subirlo pues subirlo”, concluye. Entre los reglamentos a elaborar están el de operación de los servicios de transporte en sus modalidades y el de régimen tarifario de servicios y actividades del transporte público terrestre de pasajeros, tránsito e infraestructuras.

Sugerir modificaciones de las tarifas es posible

El Intrant deberá fijar las tasas por servicios brindados y derechos requeridos para el funcionamiento del sistema del transporte y regular la tarifa en este sentido. En tanto, los prestadores de servicios están obligados a cumplir con las tarifas establecidas y los mecanismos de cobro de las mismas que adopte el Intrant. “Las revisiones y modificaciones de las tarifas del transporte público terrestre de pasajeros serán de la competencia del Intrant, quien podrá actuar de oficio o a petición de los prestadores del servicio. También podrán ser promovidas por los usuarios a través de las asociaciones de usuarios legalmente constituidas”, establece el artículo 127 de la ley 63-17.

Las tarifas y sus modificaciones deberán ser publicadas en los diarios de circulación nacional, en los medios electrónicos del Intrant y en un lugar visible en los vehículos que presten el servicio de transporte terrestre público de pasajeros.

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