Carlos Féliz Cuello considera que el uso permanente de las mascrillas debe ser asumido de manera voluntaria

Aunque el uso de las mascarillas es una medida de control de primera línea para reducir los contagios de coronavirus, el médico salubrista y epidemiólogo Carlos Féliz Cuello consideró ayer que esta medida debe ser asumida de manera voluntaria y consciente por parte de la población, y no por decreto como ha sugerido el Ministerio de Salud Pública.

El galeno dijo que cuando se recurre a la fuerza para la asunción y aplicación de una medida de esta naturaleza es porque se reconoce un fracaso en la política de educación y la gente no ha comprendido la importancia de su uso.

No obstante, para Féliz Cuello las causas de la expansión del virus por casi cuatro meses en territorio dominicano sin ni siquiera haber llegado al pico de contagios, van más allá del uso o no de los tapabocas, y hay que buscarlas en la falta de una política estratégica de control epidemiológico desde el nivel central y en el manejo político con que tanto, el Gobierno como la oposición han asumido la pandemia.

“La prioridad del país en estos momentos es que se den las elecciones del día 5 de julio y eso lo han decidido las autoridades y la oposición. Entonces, un problema de salud lo han vinculado a un problema político y eso es mortal. Las consecuencias de eso son mortales”, subrayó.

Estrategia de manejo equivocada

“Un día usted aplica 100, un día 200, otro día 500, otro día mil, eso en medicina no da resultados positivos porque con eso usted nunca logra saber qué es lo que está sucediendo, dónde está sucediendo ese problema y qué hay que hacer para detenerlo. Por eso el gobierno da palos a ciegas”, dijo.

Sostuvo que esta inconsistencia ha hecho que el operativo realizado en el Gran Santo Domingo y San Cristóbal, hace alrededor de un mes, por las autoridades haya tenido resultados insignificantes y continúe en alza el número de contagios.

Sin embargo, aclaró que existen 18 provincias donde hay una expansión activa del virus encabezada por Barahona, con una incidencia de 70%, seguida por Azua con alrededor de un 66%, Espaillat, la provincia Santo Domingo, el Distrito Nacional, San Cristóbal, entre otras.

En ese sentido, dijo que la falta de esa visión estratégica también se expresa en las contradicciones entre los miembros de la comisión de alto nivel que maneja el tema, que hace tres días dijeron que el país estaba en una etapa de meseta, mientras el ministro de Salud habla de que estamos en un pico de la pandemia.

Medina está facultado para decretar uso obligatorio de las mascarillas

De acuerdo a juristas consultados por elCaribe, el presidente de República, Danilo Medina, está facultado legalmente para imponer mediante decreto el uso obligatorio de las mascarillas como método de protección contra la pandemia y sus sanciones para quienes violenten la disposición.

Según explicó el vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), Servio Tulio Castaños Guzmán, el mandatario está en la capacidad de decretar el uso obligatorio de mascarillas ya que la Ley General de Salud No. 42-01 lo avala.

En ese mismo sentido opina el presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), Miguel Surún, quien indicó que dentro de las disposiciones que consagran las facultades de la declaratoria del estado de emergencia nacional, se encuentra precisamente el uso de instrumentos necesarios para prevenir la amenaza del virus, lo que, entonces, faculta al presidente Medina a decretar el uso obligatorio de las mascarillas.

“El presidente de la República tiene todo el derecho y las facultades constitucionales para mediante un decreto establecer como obligatorio el uso de las mascarillas”, sostuvo.

Detalladamente, Castaños Guzmán indicó que la Ley General de Salud No. 42-01 establece la facultad sancionadora que se tiene para dictar medidas obligatorias sobre aquellas enfermedades de transmisión contagiosa.

“De igual manera puede sancionar a oficinas privadas, públicas, o personas que incumpla las disposiciones dictadas por el órgano, es decir, la inobservancia de las medidas de bioseguridad y salubridad”, dijo.

Explicó, además, que el artículo 63 de la referida ley, establece que toda persona física o moral, pública, descentralizada o autónoma, debe cumplir diligentemente las disposiciones legales y reglamentarias dictadas para el control de las enfermedades transmisibles en la población. Asimismo, citó, también, el artículo 153 que indica que por incumplimiento de las medidas dispuestas para prevenir y controlar las enfermedades transmisibles, se aplicarán con multas que oscilarán entre uno y diez veces el salario mínimo nacional.

Países con sanciones por no usar mascarillas

Varios países afectados por la pandemia han decretado el uso obligatorio de las mascarillas y han dispuesto sanciones contra quienes incumplen con la medida. Entre estos países está España donde todos aquellos que no hagan uso de la misma serán sancionados con 100 euros de multa. En Marruecos la situación es mucho más severa, ya que sus sanciones contemplan hasta penas de cárcel que oscilan entre uno y tres meses. Además de esta sanción penal, habrá multas de entre 300 y 1.300 dirhams (entre 26 y 116 euros). Por igual es en Qatar, donde las personas que no usen el tapaboca fuera de casa pueden enfrentarse a penas de prisión de hasta tres años y a una multa de hasta 55.000 dólares. De acuerdo a expertos, el uso de las mascarillas podría jugar un rol fundamental en la contención de la pandemia de la COVID-19. Según las últimas cifras se han registrado a nivel mundial 7,823,289 casos.

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