SCJ firma segundo acuerdo no jurisdiccional para recurso casación

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) aprobó el segundo acuerdo pleno no jurisdiccional con el propósito de reorientar y enfocar la aplicación de la Ley número 2-23 sobre Recurso de Casación y ajustarla a su sentido normativo, que es velar por la salvaguarda institucional del instituto denominado interés casacional.

El acuerdo fue aprobado por unanimidad por los integrantes del tribunal.

Asimismo, el acuerdo tiene el objetivo de forjar la visión que la casación trata de una vía de recurso excepcional y, a la vez, restrictivo, de estricta regulación, que solamente procede en el contexto y esquema establecidos por la ley.

Este acuerdo surge como resultado del proceso de aplicación práctica y efectiva de la Ley núm. 2-23 desde su entrada en vigor, desarrollando una visión en correspondencia con las discusiones, en el sentido de interpretar su contenido y esencia, de forma que se corresponda con la construcción lógica que plantea.

Es importante que los abogados y los demás sectores profesionales relacionados asuman que su rol en el ámbito de esta ley es crucial y que ahora se rige por un estadio procesal diferente al del orden normativo del siglo pasado.

El tiempo transcurrido ha permitido sustentar la adecuada interpretación en función de su rol social e institucional de la norma, sirviendo como guía para la determinación del interés casacional y las diversas vertientes que representa.

Este nuevo enfoque implica que las técnicas de casación revisten rigores puntuales que las partes deben cumplir, tanto en la redacción de sus respectivos memoriales como en la forma de llevar el proceso; así como su manejo profesional, que debe dar el salto cualitativo de cara a lo cual refrenda un cambio de cultura en cuanto a la forma que anteriormente se ejercía la abogacía ante la Corte de Casación.

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