Someten proyecto de ley crea el Régimen de Inhabilidades Por Delitos Sexuales

Santo Domingo, D.N.- Elías Serulle, diputado por el  partido de gobierno,  sometió ante el hemiciclo de la cámara el Proyecto de Ley que crea el Régimen de Inhabilidad por Delitos Sexuales para Ejercer Profesiones, Oficios y Empleos  con la Educaci

Santo Domingo, D.N.- Elías Serulle, diputado por el  partido de gobierno,  sometió ante el hemiciclo de la cámara el Proyecto de Ley que crea el Régimen de Inhabilidad por Delitos Sexuales para Ejercer Profesiones, Oficios y Empleos  con la Educación, Orientación, Cuidado e Instrucción de Menores de Edad.
 
El congresista  dijo sentir reocupación  por los niños, niña  y adolescentes  en edad escolar , ya que  están expuestos a maestros,  empleado y otros alumnos que los  someten a  abusos físicos, verbales, sexual y sicológicos  en los centros educativos públicos y privados  a  los cuales asisten diariamente nuestros vástagos, existen cifras alarmantes de  acoso sexuales  de cada 115 casos 113 son a niñas y 2 a niños en los centros educativos . Esto crea un clima de inseguridad e intranquilidad a las familias Dominicanas.
 
Debemos dar una respuesta inmediata ante la sociedad sobre  esta situación a fin de garantizar el desarrollo social y emocional  de nuestras futuras generaciones , conforme a la Constitución en su artículo 55, expresa que toda persona tiene el derecho  a que se le respete  su integridad física , psíquica y  moral , asimismo de vivir en un clima sin violencia. 
 
Serulle manifestó que la presente ley en su  el artículo 4. Busca la protección e integridad de los menores de edad frente a personas que hayan sido condenas por los delitos siguientes: Acceso carnal violento, estímulo a la prostitución, pornografía con menores de 18 años,  Introducción a la prostitución,  trata de personas, en el artículo 6.
 
Los educadores que padezcan enfermedades infectocontagiosa  u otra que previa valoración médica sean un peligro para los educandos deben ser imposibilitados para la docencia, los educadores que no  se encuentren en el pleno goce de sus facultades mentales dictaminada por un especialista médico debe ser separado de sus funciones docentes. 
 
 Además en los artículos 7, 9 y 12.  No podrán aspirar o ser contratados como docentes personas con sentencia condenatorias de delitos sexuales,  se creara un registro de inhabilidad por delitos sexuales (RIDS), en este registro se debe incluir la siguiente información nombre de la persona condena, fecha, domicilio, juez que profirió la sentencia ejecutoria, delito por el cual es condenado.  El acceso a la información del (RIDS), solo estará permitido para la Procuraduría General de la República.

Posted in País

Más de panorama

Más leídas de panorama

Las Más leídas