Según el boletín 61 de la Superintendencia de Pensiones, hasta el mes de septiembre más de 3,700 afiliados a la Seguridad Social les fueron declinadas sus pensiones por discapacidad, producto de una aplicación errónea del Contrato Póliza de Discapacidad suscrito entre las Administradoras de Fondos de Pensiones y las aseguradoras.

La información la ofreció la Directora de Información y Defensa de los Afiliados de la Seguridad Social (DIDA), Nélsida Marmolejos, quien durante una rueda de prensa explicó detalladamente el impacto de la Resolución 461-07, dada a conocer la semana pasada por el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS).

“El error consistía que cuando un trabajador tenía un evento de salud incapacitante, a la hora de pensionarlo se tomaba en consideración no la fecha en que se produjo el evento, sino la fecha en que se determinaba la incapacidad definitiva; hecho que ocurría fatalmente cuando ya su cobertura había cesado porque no estaba activo en la empresa en que laboraba, con lo que esta persona quedaba imposibilitada de recibir los beneficios de una pensión que había sido cubierta en tiempo hábil, con los aportes tanto de él como de su empleador”, explicó la funcionaria.

Dijo que con esta resolución los trabajadores que tuvieron un evento de salud e hicieron su solicitud ante su AFP o la DIDA tienen derecho a su pensión de discapacidad con las penalidades que ello implica desde el tiempo que le fue negada.

“Nos sentimos jubilosos porque sabemos que a partir de este momento son muchas las familias que recibirán una pensión que le había sido negada injustamente por nosotros mismos en el sistema, desafortunadamente, pero que las reclamaciones de ellos, más la abogacía que ha hecho la DIDA ha permitido que esas personas puedan recibir ese derecho que se le estaba negando”.

La directora de la DIDA dejó claro que aunque la AFP haya devuelto los aportes acumulados a dicho afiliado también tiene derecho a reclamar la pensión por discapacidad, “ya que ese dinero no corresponde a ese fondo, sino al 1% que se le descuenta de lo que se cotiza todos los meses que va a un autoseguro, o sea que es un reaseguramiento que se hace, eso no es lo que usted tiene en su fondo, eso es un reaseguro que la AFP hace con otra compañía, a los fines de que ese dinero en caso de un evento esté ahí para redimir esa pensión”.

Con la entrada en vigencia de esta normativa los afiliados continuarán con cobertura en el Seguro Familiar de Salid mientras se encuentren en proceso de solicitud de pensión por discapacidad y afiliar a sus dependientes adicionales.

De igual modo, Marmolejos valoró las últimas resoluciones adoptadas por el CNSS ya que, según dijo, vienen a solucionar problemas de interpretación e inequidades y reducen la desprotección social en materia de pensiones por discapacidad.

De igual modo, la funcionaria valoró la decisión del Poder Ejecutivo de presentar un proyecto de ley para poner fin a la exclusión de más de 241 mil trabajadores y sus dependientes de la seguridad social por las moras y recargos que han impedido a varios ayuntamientos y cientos de pequeñas y medianas empresas públicas y privadas ponerse al día con la Tesorería Social.

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