El Tribunal Constitucional ordenó a la Procuraduría General de la República no utilizar motes o sobrenombres en los expedientes que depositan en los tribunales, comunicados en medios de comunicación y canales oficiales.

En tal sentido prohibió utilizar el nombre Medusa al proceso seguido al exprocurador general, Jean Alain Rodríguez, así como cualquier otro proceso penal en curso, ya que la decisión es de carácter inter comunis.

La corte constitucional entiende que cuando se utiliza el mote o sobrenombre Medusa, se está atribuyendo un calificativo a persona con vocación a crear realidades o estigmas, en tanto el proceso penal denominado con el referido mote ha sido centralizado en la figura del accionante, donde se le asocia consecuentemente, con las cualidades más evidentes en primer orden, de un animal, lo cual, indudablemente, afrenta su figura de cara al sistema de justicia, resultando violatorio a su derecho a la dignidad humana.

Explicó que la pertinencia del uso de motes o sobrenombres para fines de resguardar la confidencialidad de las investigaciones en curso siempre será determinada por el órgano persecutor actuante, pero ello no es óbice para que en la selección de estos no estén compelidos de observar, proteger y respetar los derechos y garantías fundamentales de los investigados ni que las mismas sean puestas en conocimiento de cara a la ciudadanía.

El TC dijo, además, que estos han de ser empleados única y exclusivamente como estrategias secretas de investigación y organización de los equipos de trabajo, para evitar las filtraciones de información, no así de cara o de conocimiento del público una vez es instrumentado el proceso.

Refirió que vincular un mote o sobrenombre a una alegada operación delictiva, sin tomar en cuenta las condiciones de su uso antes explicadas, rompe entonces con las buenas prácticas de investigación.

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