Existe una necesidad de que todas las víctimas tengan representación legal y las sentencias sean más completas

Si alguien conoce las respuesta del sistema de justicia penal dominicano frente a la violencia de género e intrafamiliar, esa es la abogada Sonia Díaz Inoa, que realizó un análisis a 52 sentencias emitidas por los cuatro tribunales colegiados de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional en el año 2019.

Lo que encontró Díaz Inoa durante su análisis lo define como complejo, aunque reconoce que el sistema mejoró un “poquito” del 2013 al 2019. Entre las debilidades del sistema de justicia penal encontró que mientras el agresor utiliza en un 69 % la defensa pública, tan solo un 19 por ciento de la mujer agredida tuvo representación legal. “En las 52 sentencias, 42 mujeres no fueron asistidas por abogados lo que representa el 81 por ciento. Aunque el Ministerio de la Mujer tiene ese servicio, no es universal; eso hay que mejorarlo para que todas las mujeres estén acompañadas en su proceso”, dijo la abogada cuya labor está enfocada en los Derechos Humanos y la equidad de género.

En ese orden, la experimentada jurista hizo referencia al derecho de defensa. “Los agresores cuentan con el derecho de defensa que es sagrado en todas partes del mundo; tienen defensa pública gratuita. Lo que deriva en la mayoría de los casos en que la víctima quede fuera del proceso porque no tiene abogado, y el Ministerio llegue a un acuerdo con el agresor. Por eso es la necesidad de que la víctima tenga representación legal en todos los casos”, destacó.

Pero eso no es lo único alarmante que descubrió la investigadora y docente universitaria. También que las sentencias no están completas por falta de información relevante sobre la víctima y su agresor.

“Les faltan datos sobre el lugar donde viven para poder ubicarlos, oficio, edad, si tienen hijos, si tienen escolaridad, algunas de esas informaciones se descubren revisando el testimonio de la agredida, porque la sentencia no lo explica por sí sola”, señaló, sugiriendo que el Tribunal debe reflejar todos esos datos e incluirlos de manera fácil.

Su importancia, según Díaz Inoa, radica en que con esos datos se podrían servir para accionar con políticas públicas dirigidas a esa población determinada, como resultado de la investigación. Otro de los puntos que concluyó es que la Ley 24-97 sobre violencia de género y contra la mujer está más enfocada en la persecución, cuando debería ser más en la prevención, sanción y reparación.

Mejoras del sistema

En su intervención, la abogada reconoció que el sistema de justicia ha mejorado en cuanto al conocimiento de los casos de violencia de género e intrafamiliar que les son sometidos, porque ya el Ministerio Público no llega a tantos acuerdos con los agresores, y ahora sostiene los casos hasta el final del proceso. Asimismo, las mujeres retiran menos las querellas y los tribunales aplican las normativas internacionales que protegen a la mujer con más frecuencia.

“Las mujeres no están desistiendo de la denuncia. En el 2013, retiraban la querella en un número mucho mayor que en el 2019. Ya ellas en el 70 por ciento de los casos dejan la querella que tome su curso hasta el final, no obstante, queda un 30 por ciento que las quieren retirar o las retiran”, expresó Díaz Inoa.

Sobre mujeres extranjeras, aseguró que están acudiendo a la justicia cuando sufren violencia de género e intrafamiliar lo cual no se daba en 2013, año que sirve de referencia para el levantamiento que se hizo de las sentencias emitidas por los mismos cuatro tribunales colegiados.

Díaz Inoa resaltó: “En esta investigación aparecen en las estadísticas haitianas y venezolanas en un 6 % que interpusieron querellas contra sus agresores; creo que eso tiene su origen en el plan de regularización”.

¿A qué se debe ese avance?

“Seis años después mejoró un poco, y lo hizo porque los tribunales aplican la normativa internacional que protege a las mujeres como la Convención de Belém do Pará para prevenir, sancionar, y erradicar la violencia contra la mujer, también aplican mucho la Convención Interamericana de Derechos Humanos que, en este caso, la utilizan para favorecer a los agresores”, explicó.

Análisis y evaluación

De acuerdo a Díaz Inoa de las 52 sentencias que se analizaron, 51 de las víctimas son mujeres, y un solo hombre agredido. ¿Qué le llamó la atención? “En ese grupo de las 51 mujeres, hay dos niñas que tienen parejas y son violentadas. Esas niñas son dos veces víctimas”, destacó en su intervención en este diario.
En el 52 % de los casos estuvieron involucradas las exparejas y en un 31 % las parejas. “También llama la atención que hay más maltratadores que son exparejas, que las parejas, lo que revela que las persiguen tras la ruptura”, destacó.

Entre los motivos, la investigadora señaló que el 40 % fue motivado por los celos y el 13 % por temor al abandono, es decir, que ellos no se resisten a que las mujeres los dejen. Hay que resaltar que 15 % es por causa desconocida, un 6 % por otros motivos, en un 5 % por económicos, un 4 % por ira y 1 % por discusión.

Políticas de cero tolerancia a la violencia

De 52 casos, 48 fueron condenados y cuatro fueron descargados. “Entonces, eso quiere decir que los hombres no pueden seguir jugando con eso, porque van presos. Ahora hay una política mundial y República Dominicana la ha abrazado y es la tolerancia cero por violencia de género e intrafamiliar”, puntualizó la investigadora.

Convenios y tratados tomados en cuenta

El sistema de justicia penal está aplicando convenciones, y firmando convenios y tratados internaciones entre los que figuran Belém Do Pará, Plataforma de Beijing, la convención Interamericana de Derechos Humanos, entre otros, para favorecer tanto a víctimas como agresores. En el año 2019 un 52 % de las víctimas fue favorecida frente a un 48 % de los agresores.

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