En el presupuesto general de este año, la Junta Central Electoral (JCE) tiene una asignación de 6 mil 678 millones 894 mil 957 pesos, de los cuales hay consignados 2 mil 100 millones para la administración de los procesos electorales.

Este año, la JCE tendrá que definir todo lo relativo al montaje y adquisición de equipos para las elecciones municipales de febrero del 2020, por lo que esos recursos serían para esos fines y no para el montaje de las primarias de cinco partidos que acudirán de manera simultánea el 6 de octubre de este año.

La JCE ha propuesto a los partidos aplicar el voto automatizado para las primarias como proyecto piloto que sirva de base para aplicar esa modalidad en las elecciones municipales, donde se aplicará el voto preferencial para los regidores.

Para esos fines, la JCE iniciará el proceso de capacitación del personal que trabajará en las elecciones.

Las elecciones del 2016, presidenciales, congresuales y municipales, costaron RD$4,980,480,908.65, según ha informado el presidente de la JCE, Julio César Castaños Guzmán.

La información de la JCE de que el costo de las primarias es de mil 449 millones de pesos y de esa cantidad el Estado tendría que aportar mil 249 millones provocó la reacción del ministro de Hacienda, Donald Guerrero, que señaló que la Ley 33-18 establece que el gasto de las primarias lo cubren lo los partidos. Los partidos aportarán RD$200 millones.

En medio del debate que se ha generado sobre la ilegalidad de que se usan otros recursos para realizar las primarias de los partidos, el pleno de la JCE se reunirá hoy a las 9:30 a.m.

Lo que dice la Ley 33-18

El artículo 47 de la Ley de Partidos señala: “El proceso de las elecciones primarias de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos para elegir los candidatos a los distintos cargos de elección popular en las elecciones ordinarias serán deducidos, previo acuerdo con las organizaciones políticas, del aporte económico que proporciona el Estado a los partidos, independientemente de los aportes de la Junta Central Electoral en naturaleza y logística”.

PRSC

El Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) advirtió a la JCE y al Ministerio de Hacienda mediante actos de alguacil, abstenerse de realizar transferencias o asignar fondos para la celebración de primarias de partidos políticos con miras a las elecciones de 2020, ya que crearía un precedente funesto para la institucionalidad del país y atentaría contra el interés de los ciudadanos.

El presidente del PRSC, Federico Antún Batlle (Quique), explicó en ambos actos entregados ayer que la asignación de fondos para el montaje de las primarias simultáneas de cinco organización políticas, cuyo costo asciende a mil 449 millones de pesos, es violatorio a la Constitución de la República y de la Ley 33-18 de partidos políticos.

Dijo que ese monto fue confirmado por la propia JCE en la reunión que sostuvo el pasado martes 5 de febrero con representantes de los cinco partidos que celebrarán primarias, estableciendo que de esa cantidad de dinero esas entidades políticos “solo aportarían RD$200 millones”. Agrega que también sería una transgresión al ordenamiento jurídico y constitucional.

Insta al Constitucional a decidir sobre Ley 33-18

El abogado Namphi Rodríguez instó al Tribunal Constitucional a pronunciarse en un plazo razonable sobre una acción de inconstitucionalidad de la que está apoderado que pudiera definir los efectos jurídicos del acuerdo arribado por la Junta Central Electoral (JCE) con los partidos mayoritarios para que el Estado sufrague el costo de las primarias simultáneas al margen de la Ley de Partidos Políticos.

El experto en Derecho Constitucional dijo que en el ordenamiento jurídico actual resultaría inconstitucional hacer una provisión de fondos a la JCE fuera de su presupuesto para costear alrededor de mil quinientos millones de pesos para organizar las primarias.

Subrayó que la Ley 33-18, de Partido Políticos, no previó una fuente real de financiación de las primarias, sino que en su artículo 47 consignó una “imprecisa y dudosa” definición de la consignación de fondos, y en tal sentido dispone que, “los recursos para organizar el proceso de las elecciones primarias de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos para elegir los candidatos a los distintos cargos de elección popular en las elecciones ordinarias serán deducidos, previo acuerdo con las organizaciones políticas, del aporte económico que proporciona el Estado a los partidos, independientemente de los aportes de la Junta Central Electoral en naturaleza y logística”.

“Se trata de una irreal consignación de la financiación para la realización de las primarias simultáneas porque esos recursos no sólo son insuficientes, sino que están especializados por la Ley 275-97, de Régimen Electoral, modificada por la Ley 289-05, para la vida interna y la labor de formación de los partidos”, adujo.

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