Aprestos a variar leyes crea temor en inversionistas

El sector industrial está en observación. Ciertos movimientos para presentar una modificación a la Ley de Zona Franca han despertado suspicacia en áreas vinculadas, que temen que se intente aprovechar la coyuntura para “pasar” la modificación&#82

El sector industrial está en observación. Ciertos movimientos para presentar una modificación a la Ley de Zona Franca han despertado suspicacia en áreas vinculadas, que temen que se intente aprovechar la coyuntura para “pasar” la modificación de la Ley 28-01, de Desarrollo Fronterizo.

Las consultas y análisis de los posibles alcances de las propuestas de cambios circulan profusamente. Al menos dos borradores de proyectos circulan, uno para modificar la Ley de Zona Franca y el otro para reglamentar la legislación que promueve el desarrollo en cinco provincias de la frontera, cuya propuesta de modificación se agrega en el paquete.

De acuerdo con explicaciones de conocedores de la situación, hay aprestos para hacer aprobar una nueva ley de zona franca, que conceda nuevos incentivos
Desde los últimos días de enero pasado, según dicen sectores empresariales, hay un movimiento para modificar la ley de Zona Franca y hacer una ley nueva, dando nuevos incentivos, pero cuyo alcance es considerado por algunos sectores como “un poco excluyente”.

Origen de las preocupaciones
Las preocupaciones que albergan algunos sectores vinculados a la industria es que se quiera, desde la Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD), la entidad que ha cuestionado la ley 28-01, aprovechar la coyuntura para “pasar la modificación” de esa legislación, al igual que el Reglamento y nombrar un nuevo Consejo, para administrar la normativa.

El proyecto de modificación establece en su artículo II que “la presente ley se aplicará a todas las personas jurídicas nacionales o extranjeras que decidan acogerse a la misma para dedicarse a la producción de bienes que cumplan con los requisitos previstos en esta ley, siempre y cuando no ocasionen distorsiones en el mercado nacional o creen condiciones de competencia desleal que perjudiquen a otras empresas ubicadas en el territorio nacional”.

La propuesta precisa que “sólo podrán acogerse a los beneficios de esta ley las empresas agrícolas y aquellas empresas innovadoras que produzcan bienes distintos a los procesados por empresas acogidas a otros regímenes tributarios”.

También precisa en el párrafo 11 del artículo 2 que la exención de la presente ley solo aplicará para la actividad específica para la cual fue aprobada. El cambio de dicha actividad conllevará el sometimiento de una nueva solicitud”.

Argumentos para propuesta
Uno de los considerandos del proyecto de ley, indica que “la aplicación de la Ley 28-01 ha creado distorsiones en el mercado y ha sido criticada bajo el entendido de que no ha cumplido el cometido político, social y económico por el cual fue promulgada”.

Precisa que “se hace necesario readecuar y fortalecer la Ley 28-01, para garantizar el cumplimiento de su finalidad de incentivar el crecimiento económico y desarrollo sostenible de las provincias de la línea fronteriza, así como asegurar la reinversión en dicha área geográfica por parte de las empresas acogidas a dicho marco legal de forma tal que su presencia en esos lugares, además de generar puestos de trabajo, produzca bienestar social para toda la colectividad”.

En segmentos del sector industrial se teme que la creación del nuevo reglamento y la conformación de lo que sería el nuevo consejo, creo que eso perjudica la actual ley 28-01, porque el nuevo consejo invalidará la ley.

El temor se sustenta en que el reglamento le permitiría al Consejo propuesto “quitar los incentivos otorgados y derechos adquiridos administrativamente”.

Exenciones se pierden si operan fuera de la zona

La propuesta de modificación de la Ley 28-01 contempla una serie de limitaciones sobre los incentivos fiscales que otorga la ley.

El párrafo ocho del artículo dos del proyecto dispone que a las empresas acogidas a las facilidades de la Zona Especial de Desarrollo Fronterizo que se demuestre operen o produzcan fuera de ella, tendrán que devolver el 100% de los impuestos dejados de pagar y serán fiscalizadas por la Dirección General de Impuestos Internos, por la Dirección General de Aduanas o por cualquier organismo correspondiente.

El proyecto de reglamento dice que las empresas que se beneficien de exenciones de la ley 28-01 deberán tener sus centros de operación dentro de las provincias fronterizas establecidas en la ley (Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Bahoruco).

Posted in Sin categoría

Más de

Más leídas de

Las Más leídas