Aprueban Código Penal que impone prisión al aborto

La Cámara de Diputados aprobó el Código Penal, el cual aumenta las penas de 30 a 40 años y condena el aborto con 4 y 10 años de prisión.

La Cámara de Diputados aprobó el Código Penal, el cual aumenta las penas de 30 a 40 años y condena el aborto con 4 y 10 años de prisión.El proyecto, que fue declarado de urgencia en dos sesiones consecutivas, por los miembros de la Cámara Baja, establece la acumulación de penas hasta los 60 años de prisión y penaliza la invasión y ocupación de tierras, fue acogido por 132 votos y otros seis legisladores votaron en contra.

Sobre el secuestro, se contemplan penas de 20 a 30 años y fija castigos de cuatro a 10 años a los adultos que induzcan a menores a cometer actos delincuenciales.

El aborto se castigará con penas de dos a tres años, y se incluye a la mujer que lo cause o a una persona que le ayude. Además, al médico, enfermera, partera, cirujano, farmacéutico u otro profesional que ayuden a causar el aborto, la pena sería de cuatro a 10 años. Además, se castiga la invasión de terreno, el feminicidio, el envenenamiento, y el crimen de lesa humanidad, entre otros.

Polémico proyecto

El presidente de la Comisión Justicia, Demóstenes Martínez, aclaró que el Código Penal fue presentado en el año 2000, y en el 2006 fue observado por el presidente Leonel Fernández, y luego el Congreso lo aprobó en el 2014, y que fue observado por el presidente Danilo Medina.

Posteriormente fue conocida, y se aprobó con una redacción hecha en el Congreso, lo cual provocó que se elevaran recursos de inconstitucionalidad por la forma y el fondo de algunos artículos.

El Tribunal Constitucional (TC) se pronunció en la forma en que fue aprobado, y no en el fondo, argumentando que la observación se redactó en la Cámara de Diputados y no en el Senado de la República, quien debía hacerlo.

El TC declaró inconstitucional la Ley 550-14 que instituye un nuevo Código Penal y ordenó la continuación de la vigencia del promulgado mediante decreto-Ley número 2274 del 20 de agosto de 1884.

El alto tribunal admitió la acción de inconstitucionalidad que interpuso la Fundación Justicia y Transparencia (FJT), la Fundación Transparencia y Democracia y la Fundación Matrimonio Feliz en contra de los artículos 107, 108, 109 y 110 relativos a la interrupción del embarazo.

La pieza legislativa ahora pasará al Senado de la República donde será conocida.

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