Comienzan las demandas por resolución Sipen

La judicialización del sistema dominicano de pensiones está en marcha. Una serie de acciones planteadas ante diferentes instancias judiciales por afiliados de ingreso tardío que se sienten afectados por la resolución 356-13 de la Superintendencia&#823

La judicialización del sistema dominicano de pensiones está en marcha. Una serie de acciones planteadas ante diferentes instancias judiciales por afiliados de ingreso tardío que se sienten afectados por la resolución 356-13 de la Superintendencia de Pensiones, indica que ya el sistema está siendo objeto de demandas.Los conflictos, previamente advertidos por la Dirección de Información y Defensa a los Afiliados (DIDA), involucran a decenas de afiliados al sistema de pensiones que han cumplido 60 años y procuraron ante la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que maneja su Cuenta de Capitalización Individual (CCI), la entrega de sus recursos, como habían planificado.

Las reclamaciones son mayoritariamente de afiliados de ingreso tardío que habían hecho aportes extraordinarios  con el propósito de acumular recursos suficientes para una pensión digna, en el entendido de que si el monto no daba para pensión, se les devolvería el valor acumulado en un solo pago.

Pero al acudir a la AFP les han dicho que por mandato de la resolución 356-13 de la Sipen, se les entregará una pensión en un tiempo determinado, con montos descendentes anualmente, hasta agotar el monto acumulado en la CCI. La fórmula, que ha desconcertado a los afiliados, implica una devolución prorrateada, cuyas partidas mensuales representan, en el mayor de los casos, dos salarios mínimos nacionales, que suman alrededor de RD$16,000.

Este diario conoce de casos en los que administradoras de fondos de pensiones han informado a determinados afiliados con proceso de reclamaciones, que han levantado sus procesos ante “las instancias administrativas y judiciales de lugar” planteando los argumentos legales correspondientes. Uno de esos casos solicita al Tribunal Superior Administrativo, entre otros aspectos, “revolcar lo establecido en la Resolución número 356-13 de fecha 3 de octubre del 2013 emitida por la Superintendencia de Pensiones que establece los requisitos y documentos a ser requeridos por las AFP para el pago de beneficios a los afiliados de ingreso tardío al sistema, que sustituye la resolución número 343-12 de fecha 20 de junio de 2012, en cuando incluye de manera obligatoria dentro de la base de cálculo para el otorgamiento de los beneficios a los afiliados de ingreso tardío, los aportes voluntarios y los correspondientes a planes de pensiones de carácter complementario descritos por el Reglamento de Pensiones en su artículo 137”.

Cautelar

En adición, las AFP que han iniciado los procesos, actuando a nombre de sus afiliados, en los casos concretos, han solicitado al Tribunal Superior Administrativos la adopción de “medida cautelar a fines de que sea ordenada la suspensión de la Resolución citada”.

Para asumir el rol de intermediarias o representantes de los afiliados en los procesos contra la resolución 356-13, las AFP actúan “en cumplimiento del rol fiduciario que le asigna la ley 87.01” (de Seguridad Social) a las administradoras de fondos de pensiones, para ejercer las acciones necesarias para salvaguardar los derechos de sus afiliados.

El pasado miércoles la Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP) pidió al CNSS una fórmula para el manejo de los aportes a los afiliados de ingreso tardío, que incluye dos opciones,  la devolución completa en un solo pago de los recursos acumulados en la CCI o una pensión, si los recursos permiten financiar un monto de al menos el 40% del salario promedio de los últimos 12 meses.

La DIDA había advertido que vendrían demandas

La semana pasada, la directora de la DIDA, Nélsida Marmolejos, expresó su desacuerdo con la resolución 356-13, porque dificulta sobremanera que los afiliados de ingreso tardío al sistema obtengan sus ahorros en un solo pago, advirtiendo que el caso puede judicializar el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), haciéndole mucho daño.

“Esa resolución es negadora de la ley porque dice que a esas personas se les devolverán sus ahorros atendiendo a un monto determinado del salario mínimo-mínimo nacional. Y cómo es posible que una persona que tenía ingresos por encima de los cien mil pesos y se sacrificó haciendo aportes adicionales, porque la ley se lo permite, para cuando se retire tener una pensión digna, ahora quieran devolverle sus ahorros chele a chele para que no alcance a disfrutar su pensión”, apuntó Marmolejos en esa ocasión.

“No es posible que después que uno le vendió maravillas a esas personas, ahora le digamos que sus ahorros se los vamos a dar en chorritos, porque incluso algunos ya han muerto y no pudieron disfrutar del fruto de sus sacrificios”, dijo y expuso que la aplicación de la resolución 356-13 de la Sipen por parte de las AFP puede desembocar en una serie de demandas contra el sistema.

Posted in Sin categoría

Más de

Más leídas de

Las Más leídas