Construir o remodelar viviendas tiene sus reglas

Tener una casa o apartamento propio es una meta a lograr por la mayoría de las personas. Contar con un espacio en el que la familia pueda crecer…

Tener una casa o apartamento propio es una meta a lograr por la mayoría de las personas. Contar con un espacio en el que la familia pueda crecer con seguridad y que al mismo tiempo esto represente una preocupación menos para los padres (quienes proveen todo), son razones suficientes para adquirir una vivienda, y si la posee, hacerle algunos cambios para mayor comodidad.

Algo muy común en los hogares dominicanos es que se les realicen cambios en la estructura o edificación ya existente.  Por ejemplo, si se cuenta con el terreno para hacerlo, se agranda la cocina, una habitación o el balcón; y si no, pues se suelen agregar pisos (en especial, cuando la familia es numerosa). Pero para realizar estas “pequeñas” transformaciones es necesario seguir algunas normas que están contenidas en las leyes dominicanas, y que por lo regular, no suelen cumplirse al “pie de la letra”.

Ya sea que vayas a construir o a realizar cambios en la edificación, en la República Dominicana existe la Ley 675 sobre Urbanización y Ornato Público y sus modificaciones, y la Ley 687 sobre Creación de un Sistema de Ingeniería, Arquitectura y Ramas Afines, las cuales deben ser conocidas por todo aquel que decida intervenir en aspectos relacionados a la construcción.

Situaciones como una pared desplomada, un fallo eléctrico o un problema con los pozos sépticos (entre otros), sin aparente explicación, en muchos casos son producto de errores cometidos en las modificaciones de estructuras existentes. ¿Dónde radica el problema?

Según explica el ingeniero Leovanny García Elías, el principal problema radica en el diseño y construcción sobre estructuras existentes sin tener los planos; y que en el 90% de los casos no hacen los pasos correspondientes en la legalización de los terrenos y la revisión de planos. Agrega que, situaciones como las anteriormente expuestas, no solo se presentan por querer reducir costos enpersonal calificado y en la calidad de los materiales, sino que también se debe a que no se hacen los estudios correspondientes antes de comenzar la preparación de los diseños de la construcción.

En cuanto agregar plantas o pisos a una estructura que en principio estuvo diseñada para uno o dos niveles, García Elías, quien es egresado de la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (UNPHU), considera que, “esto es muy peligroso.  Construir niveles extras sin saber no solo la capacidad portante del suelo, sino tampoco saber la capacidad de soporte de la estructura existente, puede traer riesgos sin ni siquiera tener que esperar un sismo”.

Otro aspecto importante es tener los títulos de los terrenos, y que estos estén correctamente elaborados, ya que en muchos casos pueden ser la razón de  tediosas disputas legales.

Entidades a las que debes acudir

El ingeniero García Elías aconseja conocer las instituciones que regulan el sector de la construcción para saber qué es permitido y qué no, así como los requisitos a cumplir. Entre éstas, se encuentra la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, entidad donde se encuentra la Oficina de Tramitación de Planos, a través de la cual se realizará la revisión de los planos para edificaciones; el Ayuntamiento, para revisar los linderos y los parqueos; la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo, CAASD, la cual interviene en la interconexión de la red de agua potable y la red de aguas negras; y Edesur/Edenorte/Edeeste, que intervienen en la interconexión a la red de electricidad.

La Dirección Nacional de Registro de Títulos, donde se coordina, dirige y regula el funcionamiento de los registros de títulos, y vela por el cumplimiento de la Ley de Registro Inmobiliario y sus reglamentos; al igual que la Dirección General del Catastro Nacional (DGCN), una dependencia del Ministerio de Hacienda, en donde se llevan los índices, registros, ficheros y archivos necesarios para la ordenación científica de todas las propiedades del territorio nacional, que hagan expedita la localización nominal de propietarios e inmuebles.

El adecuado manejo de las aguas subterráneas

Otra de las consecuencias de hacer modificaciones sin planificación es el manejo inadecuado de las aguas subterráneas, pues las modificaciones que se realicen en relación con las tuberías y desagües deben ser aprobadas por la CAASD, entidad que controla la sanidad de las aguas, pero en la mayoría de los casos se ejecutan sin los permisos correspondientes.

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