Se debe aprobar el proyecto de nuevo CP

La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Senado realizó la semana pasada unas vistas públicas sobre el proyecto de nuevo Código Penal. Como era de esperarse, decenas de organizaciones, con observaciones de diversa índole, participaron en…

La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Senado realizó la semana pasada unas vistas públicas sobre el proyecto de nuevo Código Penal. Como era de esperarse, decenas de organizaciones, con observaciones de diversa índole, participaron en la reunión, que tuvo lugar en el salón de la Asamblea Nacional. A nosotros nos correspondió representar a la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM), y externas su posición frente al proyecto. La universidad viene acompañando el proceso de discusión y aprobación del nuevo CP desde que, a principios del año pasado, tres miembros de la Comisión Redactora designada en el 1997 –y otros tres profesores de derecho penal– analizamos la pieza en un evento celebrado en la ciudad de Santiago.

La pieza aprobada el año pasado por los diputados, y al perimir, reintroducida y aprobada de nuevo en la misma Cámara Baja, es un Código Penal moderno, con una parte dogmática completa, y un parte especial que responde a los requerimientos de una sociedad que tiene nuevos intereses y que, al propio tiempo, llena algunos vacíos de punibilidad.

En ocasión de la aprobación del año pasado, gran parte de los redactores originales y los profesores incorporados al seguimiento mostraron alguna preocupación por el incremento de las penas, en sentido general. De eso hay constancia por escrito. Sin embargo, en esta ocasión, aunque sin dejar de externar esa preocupación, hemos planteado que ha llegado la hora de dotar al país de un nuevo Código Penal y que, tal como sostuvieron algunos participantes en las vistas pública, -entre ellos el penalista José Lorenzo Fermín, uno de sus redactores originales-, el incremento de las penas no era óbice para que ello no aconteciera. Dejamos claro que el problema penológico esencial no es el de la pena abstracta o imponible (la contemplada por la ley), sino el de la pena concreta, o realmente impuesta. Y, más que ello, de la forma en que esa pena se cumple o ejecuta, apegada a los fines rehabilitadores y resocializadores que constitucionalmente la justifican, así como a un conjunto de principios, reglas, derechos y garantías de los que son acreedores las personas privadas de libertad. En este debate, no se debe olvidar que la normativa procesal penal vigente contiene los principios y criterios que permiten a los jueces imponer sanciones proporcionales a los delitos cometidos, tomando en cuenta circunstancias modificatorias y algunos institutos dogmáticos.

Los diputados dominicanos han realizado un gran esfuerzo por dotar al país de un Código Penal moderno y ese esfuerzo, perfectible, mejorable, debe ser reconocido –a nuestro modo de ver- con una sanción senatorial y su posterior promulgación.

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