Derecho de representación de Consumidores (1-3)

La Ley de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario, núm. 358-2005, establece a favor de estos, el derecho representación para la defensa de sus intereses económicos, lo cual no sólo se manifiesta en las instancias jurisdiccionales…

La Ley de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario, núm. 358-2005, establece a favor de estos, el derecho representación para la defensa de sus intereses económicos, lo cual no sólo se manifiesta en las instancias jurisdiccionales en el ámbito colectivo y difuso, sino también ante los organismos de protección y reguladores de la administración.

En ese sentido, el artículo núm. 93 de dicha ley establece lo siguiente: “El consumidor o usuario tiene derecho a ser escuchado en forma individual o colectivamente, sea de manera directa o por representante, a fin de defender sus intereses ante la Dirección Ejecutiva de Pro Consumidor según el procedimiento vigente”.

Partiendo de lo postulado en el párrafo anterior, estos derechos establecidos en la norma in comento no tienen carácter limitativo, sino que incluyen otros derechos y garantías. Por consiguiente, esta representación se extiende a los consejos de los demás órganos y entes reguladores en materia de consumo.

En este contexto, las asociaciones de consumidores de la República Dominicana, por mandato expreso de las leyes tienen que estar representadas en estas instancias colegiadas, por personas que real y efectivamente defiendan los derechos de los consumidores o usuarios, lo cual en la práctica no ocurre.

En estos consejos, en la mayoría de los casos, las personas que representan los derechos e intereses de los proveedores y empresarios, sí están identificados en un 100% con esta causa. En el caso de los consumidores no ocurre lo mismo, lo cual deja al movimiento de consumidores en una situación de desventaja, lo cual contribuye a potencializar más la relación de asimetría en la relación de consumo en la República Dominicana.

En síntesis, hay que estar atentos y convertirnos en vigilantes celosos para que en estos consejos, real y efectivamente se integren personas o representantes de instituciones que tengan una amplia trayectoria en la defensa de los consumidores, sólo así se darán las condiciones para mitigar la asimetría en materia de consumo en nuestro país. l

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