Plantean reforma del Código Laboral debe incluir a las domésticas

Más de 20 años de su vida dedicado al servicio ininterrumpido de una familia y a su  partida se fue solo con la promesa de darle cada mes RD$2,000 como compensación por los años  de labor, ya que la ley no los obligaba a pagarle un desahucio…

Más de 20 años de su vida dedicado al servicio ininterrumpido de una familia y a su  partida se fue solo con la promesa de darle cada mes RD$2,000 como compensación por los años  de labor, ya que la ley no los obligaba a pagarle un desahucio por despido. La promesa, por supuesto, no se cumplió.

La señora, de más de 60 años de edad y cuyo nombre se omite a petición suya, no fue objeto de engaño alguno por la familia para la cual trabajó durante varios años sino que fue víctima de un sistema de seguridad social excluyente y un código laboral obsoleto. Ella, como miles de empleadas y empleados domésticos de República Dominicana, trabaja  al margen de muchos de los beneficios que otorga la normativa a los empleados, situación que algunos sectores como una  oportunidad de cambiar ahora que la misma será modificada, de acuerdo a los aprestos que se realizan en ese sentido. El presidente Danilo Medina designó, mediante decreto, una comisión para para modificar la ley 1692 (Código de Trabajo), del 29 de mayo de 1992.

De acuerdo a esta normativa, trabajar en labores doméstica en el país implica que solo se tiene derecho al pago de las vacaciones y el salario 13 o doble sueldo, así como  un día de descanso a la semana, último punto que  relativamente no se cumple. Esta ley en su artículo 258 define al trabajador doméstico como la persona que se dedica de modo exclusivo y en forma habitual y continua a labores de cocina, aseo, asistencia y demás, propias de un hogar, que no importen lucro para el empleador y aclara que no son domésticos los trabajadores al servicio del consorcio de propietarios de un condominio.

Estos trabajadores no cuentan con un seguro médico y una pensión al momento de su retiro o discapacidad, por lo cual, en el ocaso de su vida se encuentran con la triste realidad de no tener forma alguna para sobrevivir con recursos propios, lo que los lleva a ser una carga para parientes y amigos.

Otro aspecto en el que estos empleados resultan perjudicados es el relativo a los horarios que desempeñan, pues en su mayoría laboran más de 10 horas a diario y no tienen hora de salida, pese a que los artículos 261 y 262 del código señala que deben tener un descanso diario ininterrumpido de nueve horas por lo menos y un descanso semanal de 36 horas sin interrupción. Rafael -Pepe- Abreu, del Consejo de Unidad Sindical (CNUS) y  Ana Bertilia Cabrera, de la Asociación de Amas de Casas, tienen la esperanza de que estas condiciones, definidas como injustas, cambien para este sector tan importante para el mercado laboral.

“Hay que legislar para incluir la cesantía en el plan laboral, por eso nosotros hablamos de que el  Ministerio de Trabajo debe encargarse de tomar la rienda, y buscar, conjuntamente con las demás organizaciones sociales, una solución”, planteó Cabrera.

No obstante, Cabrera y Abreu son enfáticos en este punto, al señalar que están claro en que este tipo de empleador no puede cargar con un desahucio, pues no tiene las condiciones económicas para ello y, es ahí donde entienden, que tienen que ponerse de acuerdo los sectores involucrados en el proceso de modificación de la normativa.

“Por donde se ha querido venir enfocando la situación es que la ama de casa, la empleadora, asuma parte de los beneficios que van a tener esas domésticas y esos empleados de casas de familia y todavía la sociedad dominicana, por los bajos salarios que se les paga a ese sector (el empleador) no puede cubrirlo, no está en condiciones de darle respuestas, por eso es que estamos  haciendo un llamado al Ministerio de Trabajo, a los legisladores, que se aboquen a buscar la forma para dar respuesta a este sector que es muy importante”, sentenció.

Otro punto en el que Abreu hace hincapié es el relativo a la necesidad de que ese sector devengue un salario mínimo fijo, al igual que tenga acceso a otras prestaciones de las que disfrutan los trabajadores del régimen contributivo.
“Nos reunimos con la comisión y les planteamos los puntos de vista que hemos dicho siempre, que al trabajador doméstico hay que montarle su protección social, tratando de extender a ellos la protección que tienen los empleados normales del régimen contributivo con una empresa privada,  que los domésticos también puedan recibirlo; por ejemplo, que hay que definirle un salario, su sistema de salud, de pensión y riesgos laborales”, explicó.

En lo relativo al tema de seguridad social, Abreu plantea que una posible solución sería que el Gobierno asuma esa responsabilidad.

“Hay países que han resuelto ese tema con la cooperación del Estado. Él estado dominicano, por ejemplo podría asumir el costo que implica la afiliación a los seguros, de manera que esa no sea una carga para una persona que sea una ama de casa, un propietario, sino que sea una persona que pueda,  con el auxilio del Estado, percibir esa prestación que cubra al trabajador en materia como es la salud, pero que no se convierta en carga para una familia”, planteó a elCaribe.

Sin embargo, reconoce que en el punto relativo al salario, la situación es un poco más complicada por las especificaciones del actual código al respecto.

“Es difícil establecer  el salario, porque lo que el código establece es que  lo que consume el doméstico en alimentación y  estadía en la casa donde trabaja es el 50% de su salario, pero no define cual es el salario, eso permite que como no hay una tarifa específica, cada quien establezca el tipo de salario, hay gente que le reconocen un mínimo y hay otro que le paga de acuerdo a sus posibilidades: cinco o tres mil pesos, etc”, indicó el sindicalista.

Estas prestaciones para ese sector están contenidas en la Organización Internacional del Trabajo (OIT), entidad tripartita de la Organización de las Naciones Unidas y de la cual la República Dominicana forma parte. Ese acuerdo fue llevado al Congreso dominicano para su ratificación. “Nosotros lo que hemos estado abogando es porque en la reforma del Código Laboral que se pretende hacer, los contenidos del convenio entonces se reflejen en los articulados del código, eso  lo hemos planteado en las discusiones que estamos sosteniendo con los secretarios y con la comisión que se nombró por decreto”, indicó Abreu.

Comisión revisará el Código Laboral

A través del decreto 283-13, el presidente Danilo Medina designó el 10 de octubre la comisión especial para la revisión y actualización del Código Laboral, la cual está encabezada por el ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, y la integrarán  los abogados José Darío Suárez, Joaquín Luciano y Marisol Vicens, por el sector empleador, así como por los economistas Manuel Adriano Jiménez, Jeffrey Lizardo y José Vicente. Uno de los considerando del decreto establece que el Gobierno busca con ello impulsar el empleo digno, que es el formal y debidamente remunerado. El 20 de noviembre, la comisión invitó a los sectores interesados en hacer sus propuestas  y aportes  a través de la página web www.codigodetrabajo.do. El proceso  estará abierto hasta el viernes 13 de diciembre.

También se pueden enviar propuestas vía correo electrónico a la dirección [email protected] o a través del correo postal, enviando la propuesta de modificación siguiendo el formato pre-establecido al Apartado Postal 436, Código Postal 10101, utilizando los servicios gratuitos del Inposdom.

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