Finjus ataca al TSA por fallo contra JCE

La Finjus criticó que la sentencia que suspende la redistribución de diputados es una prueba de las influencias de los partidos en el sistema judicial y advirtió que nueve diputados serían elegidos inconstitucionalmente.

La Finjus criticó que la sentencia que suspende la redistribución de diputados es una prueba de las influencias de los partidos en el sistema judicial y advirtió que nueve diputados serían elegidos inconstitucionalmente. Luego de hacer un análisis al fallo 003-2016 del Tribunal Superior Administrativo (TSA) con el cual suspendió la redistribución de diputados por densidad poblacional, tal y como lo establece la Constitución, la Finjus destacó que gracias a esa sentencia un amplio sector de la población de La Altagracia y Santo Domingo quedaría sin el representante que le corresponde en la Cámara de Diputados.

“A su vez, significaría que nueve diputados serían elegidos inconstitucionalmente, sin que se cumpla en ellos la función de representatividad en clara y flagrante violación al principio de soberanía popular… Tanto su elección como los actos realizados por ellos… carecerían de legitimidad alguna, afectando incluso la propia legitimidad de la Cámara de Diputados”, señaló Finjus en una carta de su vicepresidente ejecutivo, Servio Tulio Castaños Guzmán.

Peor aún, la Finjus entendió que este fallo es una demostración de la “grave influencia que el sistema de partidos políticos parece tener sobre el sistema judicial” y que el TSA con su medida cautelar “pareciera anteponer los intereses políticos partidarios” sobre asuntos de interés general, como la protección de la democracia y la soberanía popular.

Asimismo criticó que el TSA tomó en cuenta las consecuencias que tendría para el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), que fue la organización que interpuso una medida cautelar contra la resolución 06/2015 de la Junta Central Electoral (JCE) que reordenaba a los legisladores de la Cámara Baja.

“No obstante, no se deduce del texto de la sentencia que se hayan analizado debidamente las consecuencias que su suspensión tendría para el interés público. El supuesto análisis -si es que puede llamársele así-se limita a enunciar que la Presidencia del Tribunal ‘después de estudiar la presente solicitud de medida cautelar ha podido verificar que el interés de la generalidad no se verá comprometido con la imposición de una providencia cautelar’”, resalta la entidad.

Para Finjus, esta sentencia devuelve al país a la época donde bastaba la convicción del juez.

Finjus reconoce la competencia del TSA

La Fundación reconoció la competencia del TSA para decidir sobre la resolución 06/2015 de la Junta Central Electoral (JCE) que estableció la distribución de diputados para elegir en las elecciones del 15 de mayo. Asimismo criticó a la JCE por no haber tomado acciones para recurrir la sentencia. Finjus indicó que el organismo electoral debería manifestar su oposición a esta decisión, la cual refleja las insuficiencias de la institucionalidad.

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