Ganar experiencia

Sorprende la estrategia elegida por el abogado de la Primera Dama como línea de acción contra el comunicador Marcos Martínez.…

Sorprende la estrategia elegida por el abogado de la Primera Dama como línea de acción contra el comunicador Marcos Martínez. Esto así, porque si bien al principio se habló de difamación, el representante legal de la doctora Cedeño prefirió interponer una querella por falsedad y uso de documentos falsos. A diferencia de la difamación, consistente en un delito de acción privada según nuestro Código Procesal Penal, la falsedad es de acción pública a instancia privada, lo que conlleva la intervención del Ministerio Público, elemento que, debido al control gubernamental sobre nuestros fiscales, muchos entienden fue la principal motivación para que se haya seleccionado este camino.

Las falsedades constituyen un conjunto de delitos comprendidos en el primer libro del Código Penal Dominicano, relativo a crímenes y delitos contra la cosa pública. Son delitos contra la verdad documental y por ende se consideran atentados a la confianza pública. Hay varias clases de falsedades con elementos constitutivos muy propios para tipificarlos, como la falsedad en escritura pública, la falsedad de monedas y billetes y entre otras la falsedad en escritura privada, tipo específico delimitado en la acción contra Martínez.

En este tipo de falsedad y, de acuerdo al artículo 163 del Código Penal, un elemento imprescindible para que se configure el delito descrito como “uso de documentos falsos” es la intención dolosa, señalada en el Código como el conocimiento de la falsedad. Esto significa que no basta el uso de los documentos falsos para que exista una falta penal, sino que se requiere que el imputado sepa que los documentos en cuestión son falsos, algo que la parte que actúa en justicia debe probar ante el tribunal.

Además del desafío que representará lo anterior para los actores, se le suman otros escollos que hacen de este un caso fascinante pero muy difícil de hacer prosperar: si lo que se busca es una condena por falsificar documentos (distinto al uso de documentos falsos citado en el párrafo anterior), no sólo se debe demostrar que Martínez cometió el acto material de la falsificación, sino que además se debe explicar por qué es la Primera Dama “parte interesada” en un caso de falsedad en que el afectado debe ser la entidad a la que falsamente se le atribuye la titularidad del documento (en este caso el Danske Bank).

Sin dudas el abogado de Cedeño debe tener excelentes argumentos que muchos juristas esperan con ansias escuchar, pero, en buen Derecho, lo único que se puede ganar en ese caso es mucha experiencia y quizás nuevos aportes a la doctrina jurídica en nuestro país.

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