Hábeas Data a la espera de la promulgación

Una vez el Poder Ejecutivo promulgue la ley de Hábeas Data, los datos personales asentados en archivos, registros públicos, bancos de datos públicos o privados quedarán bajo protección legal.

Una vez el Poder Ejecutivo promulgue la ley de Hábeas Data, los datos personales asentados en archivos, registros públicos, bancos de datos públicos o privados quedarán bajo protección legal.La pieza, de la autoría del senador Félix Bautista y el diputado Demóstenes Martínez, establece que toda persona tiene derecho a que sean rectificados, actualizados y cuando corresponda se supriman los datos personales de los que sea titular y que estén incluidos en un banco de datos.

Asimismo, busca garantizar que no se lesione el derecho al honor y a la intimidad de las personas, así como facilitar el acceso a la información que sobre las mismas se registre, de conformidad a lo que establece el artículo 44 de la Constitución.

En uno de sus considerandos, la pieza establece la necesidad de regular los datos personales de las personas, ya que en el país se ha hecho una práctica común la divulgación, uso y comercialización de los datos personales de los ciudadanos sin su consentimiento.

Refiere los artículos 44, 68 y 7 de la Constitución de la República, donde establece los derechos a la intimidad, el honor personal, garantizando la efectividad y protección de ellos bajo la tutela judicial.

Además, regula la constitución, organización, actividades, funcionamiento y extinción de las Sociedades de Información Crediticia; la presentación de los servicios de referencias crediticias y el suministro de información en el mercado, a fin de garantizar el respecto a la privacidad y los derechos de los titulares de la misma, promoviendo la veracidad, la precisión, la actualización efectiva y la confidencialidad.

Posted in Sin categoría

Más de

Más leídas de

Las Más leídas