El presidente de la Junta Central Electoral (JCE) aclaró este lunes que el proyecto que fue presentado y por la entidad que dirige ante Senado de la República, de lo que se trata es de un Proyecto de Ley que procura dar cumplimiento a lo estipulado en el Artículo 210 de la Constitución respecto de los Referendos como mecanismos directos de participación de los ciudadanos, no sobre la reelección presidencial .
Roberto Rosario Márquez explicó que el pasado día 10 de diciembre en curso, la JCE, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el Artículo 96, numeral 4 de la Constitución de la República, sometió el proyecto ante el presidente del Senado, Reynaldo Pared Pérez, para fines de discusión y aprobación en el Congreso Nacional.
“El proyecto en cuestión fue discutido y aprobado a unanimidad por el Pleno de la Junta Central Electoral en su sesión del 23 de junio del año que transcurre, según consta en el Acta No. 15/2013. Este proyecto a su vez fue el resultado de una consulta hecha por la Junta Central Electoral a organismos internacionales y expertos en la materia”, indicó Rosario Márquez en un comunicado.
Indicó que el citado Artículo en su parte capital establece que “las consultas populares mediante referendo estarán regulados por una ley que determinará todo lo relativo a su celebración”. Dijo que se trata pues de una ley marco que manda la Constitución misma y que debió de haber sido conocida tan pronto fue promulgada la Constitución de la República el 26 de enero del año 2010.
Resaltó que algunas personas, dirigentes políticos y líderes de opinión, han querido inferir que el proyecto en cuestión está vinculado al interés de algunos de promover vía referendo, la modificación de la Constitución de la República en su Artículo 124 que estable que el período de duración en el ejercicio de los Presidentes de la República de turno es de cuatro años sin posibilidad de una repostulación, … “no podrá ser electo para el periodo constitucional siguiente”. Lo cual no es el objeto del precitado proyecto.
Esperamos pues que esta aclaración permita que nuestra iniciativa sobre el particular sea conocida en el Congreso Nacional sin ese ruido, el cual no le ayuda en su camino, en momentos en que es necesario contar con esta ley marco de referencia para garantizar disponer de un mecanismo de participación directa de los ciudadanos en la toma de decisiones sobre temas importantes de la vida política nacional.