Juez dispuso que Álvarez Renta puede viajar, si lo requiere su salud

La sentencia que beneficia a Luis Rafael Álvarez Renta con prisión domiciliaria por un año, también contempla que podrá salir del país si necesita atenciones especiales.

La sentencia que beneficia a Luis Rafael Álvarez Renta con prisión domiciliaria por un año, también contempla que podrá salir del país si necesita atenciones especiales. En su ordinal cuarto la resolución número 340-2012-301-01 dice que se ordena el impedimento de salida del país durante un año y se levantará solo cuando se demuestre que el imputado precisa de atenciones médicas específicas y que no se puedan brindar en el país.

También dispone que al cumplirse un año se fijará una nueva vista para sopesar la circunstancia característica de este cambio en la modalidad de la pena.

La decisión emitida por el magistrado José Ignacio Medrano Queliz explica, además, que la base médico-legal que se tomó en consideración para modificar la modalidad en el cumplimiento de la pena al exbanquero Marco Báez Cocco, y otros reclusos, son las mismas que se verifican en Álvarez Renta.

“Las patologías que afectan al solicitante son de grado tal que socavan de manera continua su estabilidad e integridad física y las mismas han sido consignadas de forma científica”, agrega la sentencia.

De su lado, el consejo de defensa del recluso manifestó que “es simplemente increíble y aberrante que el procurador Francisco Domínguez Brito pretenda utilizar triquiñuelas legales incoherentes para violar la ley evitando que se cumpla una sentencia.

 La declaración se da a propósito de la decisión de la Procuraduría de no libertar al financista condenado a diez años de prisión al ser encontrado culpable del fraude bancario cometido en el Banco Intercontinental, ventilado en los tribunales en el año 2003.

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