La jueza de la Octava Sala del Tribunal de Tierras de la Jurisdicción Original del Distrito Nacional excluyó este lunes dos parcelas del caso Bahía de las Águilas.
Tras acoger algunos de los 19 incidentes que le fueron presentados en audiencia, Alba Luisa Beard también recesó para este martes a las 11:00 de la mañana el conocimiento de la causa, a fin de que se renueve la instancia a José Luis Guzmán y Joselyn Guzmán, representados por Natanael Méndez Matos.
La jueza explicó que en la instancia introductiva del proceso incoada el 5 de marzo de 1997, no se encuentran las parcelas 40 y sus subdivisiones y la 215B por lo que ordenó su exclusión del expediente.
Indicó que en la demanda referida “solo consta la parcela 215A del Distrito Catastral número tres, de Enriquillo, no así otras parcelas”. Si no se acogiera la exclusión, dice la jueza, se estaría violando el derecho de defensa de los demandados.
Beard rechazó los planteamientos de sobreseimiento de la causa por interposición de un recurso de apelación contra la sentencia que dictara el siete de octubre de 2013 por entender que la decisión es preparatoria, y por tanto no susceptible de apelación.
Argumentó, además, que estas apelaciones carecen de eficacia por que ya se han realizado las medidas ordenadas en la sentencia apelada, y porque las mismas datan de la semana que antecede a la audiencia, cuando la sentencia fue leída en estrado el siete de octubre de 2013, es decir, siete meses antes.
“Evidentemente queda comprobado para esta juzgadora, la sociedad dominicana y el mundo, el carácter dilatorio e ilegitimo de dichas apelaciones”, sostuvo.
Sobre el aplazamiento incoado por Rafael Helena, representante de Global Multibussines Corporation, alegando que existe una querella ante el Consejo del Poder Judicial y una nueva recusación en contra de la jueza, la magistrada entiende que si se tomara en consideración esta causal para aplazar la vista se daría paso a eternizar los asuntos pendientes en los tribunales, y si acogiere el pedimento se convertiría el juez en cómplice de acciones dilatorias sin fundamento legal.
En resumen, la jueza rechazó las solicitudes de sobreseimiento alegando la existencia de un recurso de apelación, el sobreseimiento en virtud de querella y recusación, la renovación de instancias, así como declarar mal perseguida la audiencia. Acumuló las excepciones de inconstitucionalidad planteadas para fallarla junto con el fondo. La audiencia inició a las 10:11 de la mañana y concluyó pasadas las 4:00 de la tarde.
Una audiencia maratónica
Laura Acosta, abogada privada que depone en favor del Estado, explicó que la parcela 215B corresponde a otro proceso en el cual el Estado fue demandado, mientras que la parcela 40 y sus subdivisiones, tal como dijo la juzgadora, no se encontraba en la demanda principal incoada en 1997. Sin embargo, según Acosta, luego fue introducida la demanda en nulidad de una parte de los títulos de esa propiedad y se ordenó la fusión de los expedientes.
Precisó que con el fin de no dilatar el proceso presentarán cualquier apelación para que sea fallado junto con el fondo de la demanda.