Jurista Rodríguez Huertas: Presidente ejerció criterio para el cual está facultado

Danilo Medina ejerció el criterio para el que está facultado en la observación al Código Penal. Sobre todo en lo que concierne a la interrupción del embarazo.Se trató de un ejercicio de aplicación de mecanismos constitucionales

Danilo Medina ejerció el criterio para el que está facultado en la observación al Código Penal. Sobre todo en lo que concierne a la interrupción del embarazo.

Se trató de un ejercicio de aplicación de mecanismos constitucionales
Así lo expresó el jurista Olivo Rodríguez Huertas. Dijo que se trató de un ejercicio de aplicación de los mecanismos constitucionales.

De la misma manera en que los congresistas tienen la facultad de elaborar y de hacer cumplir las leyes. El experto en Derecho Constitucional habló en el programa A Diario.

Fue entrevistado por Cristian Jiménez y Geomar García.

Se trata de un ámbito en el que era previsible la observación
“Se trata de unos artículos específicos en un ámbito en el que era previsible esta observación. Ya hace un par de años fue declarado inconstitucional por vicio de forma por el Tribunal Constitucional”.

Explicó que en esa oportunidad el Presidente también había ejercido su facultad y su visión.

“Y lo que debe ser una regulación en términos de lo que él piensa”.

Tema de derechos confrontados
Explicó que existen temas de derecho confrontados y advirtió que al final este tema desembocará en el máximo y último intérprete. Con esto se refirió al Tribunal Constitucional.

La Constitución no se puede ver de manera parcial sino en su totalidad
Expuso que la Constitución no se puede ver de manera parcial sino en su totalidad. Expresó que ese sentido de totalidad está expresado en el mensaje de la observación.

“Aquí lo que estamos es en presencia de una ley aprobada por las cámaras y observada por el Ejecutivo”, indicó.

Para imponerse a la observación que hizo el Poder Ejecutivo, se necesita del voto de las dos terceras partes.

“Si no la observación del Presidente se asimila y queda integrada al Código Penal”, dijo.

Danilo Medina  no ha estado en ninguno de los extremos, sino en el “justo medio”
Manifestó que sobre el tema hay un concepto acuñado que es la guerra de los absolutos. Unos que se colocan en favor y otros en contra.

“Esta situación de absoluto muchas veces impide la posición del “justo medio”. La posición del justo medio es donde se ha colocado el Presidente”.

A seguidas expresó que Danilo Medina no ha estado en ninguno de los extremos de esa guerra de absolutos.

“Estos extremos se han dado a nivel mundial con el tema del aborto o de la interrupción del embarazo”.

La figura del silencio positivo
Explicó que existe la figura del “silencio positivo”. Si el Congreso no toma una decisión una vez transcurridas dos legislaturas, la observación queda integrada.

Motivos humanos de dignidad y derechos de la mujer dentro de lo constitucional
En la carta enviada al presidente del Senado, en la que consta la observación, Danilo Medina fundamentó sus ideas. Escribió que valoraba el enorme esfuerzo de los senadores y diputados.

“Se trató de una tarea de gran magnitud y complejidad, lo que merece el reconocimiento de toda la sociedad”.

Danilo Medina dijo que está comprometido con el derecho a la vida como lo consagra la Carta Magna.

“Estoy comprometido como el que más a hacer valer ese mandato a favor de la vida que plasma nuestra Constitución. Y lo hago no solo por lo que diga el texto constitucional sino porque refleja mi pensamiento y mi sentimiento”.

Dijo que su familia es testigo de esas convicciones.

“Ahora bien, como Presidente no puedo dejar de plantearme qué hacer ante situaciones extremas. Que afecten seriamente la dignidad, la integridad y la propia vida de la mujer”.

Se refirió a las circunstancias excepcionales que requieren un tratamiento diferente.

“Desde esta perspectiva, en mi humilde entender es no solo perfectamente constitucional. De igual modo cónsono con la sociedad dominicana, el establecimiento de excepciones a la penalización del aborto”.

Esto cuando la vida de la madre corre peligro. Cuando el embarazo fuese el resultado de una violación o incesto.

Cuando se determine clínicamente que el feto contiene una malformación que haga inviable la vida del concebido.

“Se trata de circunstancias extremas lamentables pero que incurren en la vida diaria. A lo que nosotros como representantes legítimos del pueblo debemos dar respuesta de conformidad con la Constitución”.

Explicó que las observaciones no tienen la finalidad de elegir en circunstancias extremas interrumpir el embarazo. Sino permitir en condiciones de salubridad y seguridad para su vida elegir sin penalización.

“Se trata de permitirle ser acompañada en su decisión por personal médico capaz y especializado”.

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