Leonel pensiona a 43 destacados comunicadores sociales

El presidente Leonel Fernández concedió pensiones especiales a 43 destacados comunicadores del país.

El presidente Leonel Fernández concedió pensiones especiales a 43 destacados comunicadores del país.Esto, en ocasión de celebrarse mañana el Día Nacional del Periodista. La disposición del Poder Ejecutivo está contenida en el decreto número 158-12, dado a conocer la noche de este martes. Los comunicadores beneficiados son José Dionisio Núñez Mendoza, Fausto Antonio Pérez Genao, Ramón Fulgencio Valdez, Pedro Augusto Quezada Placencio, Evaristo Aridis Leonardo Rubens, Juan Ramón Quiñones Marte, Manuel Guett Polanco, Rita Valdez Paredes de Oviedo, Teodoro Frías, Ramiro Antonio Estrella Cabral, Marino Arias Betancourt y  Joaquín Ascensión.

También,  Miguel Alejandro Camarena Rivera,  Manuel Antonio Ureña Silverio, Melvin Mackenly Matthew Beaumont, Carmen Clariza Vegaso Martínez, Abrahán Furcal Montero, Gregorio Benjamín Veras Almonte, Félix Jacinto Bienvenido Bretón Bretón, César Augusto Delmonte y Consuegra, Epifanio Antonio Rodriguez Rodríguez, Delio Arquímedes Luna Valdez y José María Caonabo Díaz Betances.

De igual manera, recibirán pensiones de 35 mil pesos mensuales los comunicadores Daniel Aridio Perdomo de la Cruz, Fidias Mateo, Luis Vicente Domínguez Marte, Pablo Antonio Batista Rivas, Víctor Manuel Melo Báez, Dugar Ferreras Florián, Ramón Antonio Salcedo Soto, Agustín Silverio Vásquez, Juan Bautista Colón Mejía y Claudio Antonio Matos.

Completan el grupo de beneficiarios los comunicadores Ynalda Mercedes Castillo Sandoval, Rafael Domingo Sang Rivas, Rafael Gregorio Santana, Ramón de los Santos Calcaño Ventura, Rolando Antonio Germán Pérez, Enrique Pimentel Leta, David Roberto Lorenzo Marte, Manuel Antonio Azcona, Rafael Altagracia Núñez Grassals y Jesús María Reynoso María.

Cada uno de los comunicadores pensionados recibirá mensualmente un monto de 35 mil pesos, con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Públicos, dependencia del Ministerio de Hacienda. Según explica el artículo dos del referido decreto, este beneficio no será válido para aquellas personas que ya se encuentren disfrutando de pensión otorgada por el Estado dominicano.

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