Los extraditables han sobreutilizado Código

 Los constantes incidentes amparados en el Código Procesal Penal llevan a que, en ocasiones, los procesos de extradición se prolonguen más de lo debido.Ayer, por décima ocasión, la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia…

 Los constantes incidentes amparados en el Código Procesal Penal llevan a que, en ocasiones, los procesos de extradición se prolonguen más de lo debido.

Ayer, por décima ocasión, la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) postergó el conocimiento de la solicitud de extradición de Jeremy García (El Gordo), requerido por las autoridades norteamericanas bajo los cargos de tráfico de drogas.

El caso lleva casi un año y se vislumbra una situación similar a las de Ramón Antonio del Rosario Puente (Toño Leña) y Miguel Antonio Rosa Ureña (El Gato).

El primer caso tardó un año para que haya una decisión y fue aplazado en unas 10 ocasiones, mientras que el segundo fue reenviado más de 20  veces.

Con relación al proceso seguido a García, la magistrada Gisela Cueto, encargada de asuntos de extradición de la Procuraduría General de la República, se quejó de que “antes era posible parar a los abogados que de manera temeraria litigaban, ahora el nuevo régimen procesal penal lo que hace es facilitar las cosas para que puedan abandonar el proceso una y otra vez, volver a retomarlo; una dinámica que no tiene fin”. 

Agregó que los vicios en los que se incurren en el proceso penal se han agravado. Recordó que había una resolución, hace muchos años, que sancionaba a los abogados temerarios, “pero ahora eso se ha vuelto un problema”.

Puntualizó que en este caso, cuya audiencia fue fijada para el 10 de marzo, los reenvíos han sido por cambios de abogados y no traslado del imputado, entre otras.

El apoderamiento del proceso se realizó en 2011 y el acusado fue apresado en el 2012. El próximo miércoles 12 cumple un año de recluido. En esta oportunidad la audiencia fue reenviada porque no se le había entregado la copia del expediente a Francisco Taveras, nuevo abogado del extraditable.

Abogados pueden  ser sancionados

El artículo 135 del Código Procesal Penal dice que “cuando se comprueba que las partes o sus asesores actúan con mala fe, realizan gestiones o asumen actitudes dilatorias o litigan con temeridad, el juez o tribunal puede sancionar la falta con multa de hasta quince días del salario base del juez de primera instancia, sin perjuicio de lo previsto para el abandono de la defensa”.

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