Los gastos por intereses se deben reducir

En el marco de la discusión del Pacto Fiscal es imprescindible colocar como uno de los puntos fundamentales de la agenda, la adopción de reglas y normas que permitan mejorar la transparencia del proceso de endeudamiento del sector público y reducir&#82

En el marco de la discusión del Pacto Fiscal es imprescindible colocar como uno de los puntos fundamentales de la agenda, la adopción de reglas y normas que permitan mejorar la transparencia del proceso de endeudamiento del sector público y reducir los  gastos por intereses en que incurre el Estado dominicano cuando emite títulos de deuda.

La carga de los intereses sobre la deuda se está haciendo cada vez más pesada.  En el 2013, por ejemplo, los intereses pagados por el Gobierno Central sobre su deuda pública, representaron el 2.34% del PIB.  Para el 2014, alcanzarán 2.60% del PIB.  En otras palabras, el pago de los intereses que hará el Gobierno dominicano en el 2014 consumirá el 18% del total de la presión tributaria proyectada (14.5%).

El problema es más grave aún pues en ese cálculo sólo se están computando los intereses sobre la deuda externa y la interna, incluyendo el monto de los intereses que el Gobierno Central paga al Banco Central por concepto de la recapitalización.  El cálculo correcto, sin embargo, debe incluir también el monto de los intereses pagados por el Banco Central sobre su deuda doméstica que no es cubierto por los pagos de los intereses de recapitalización que realiza el Gobierno Central.  En el 2014, por ejemplo,  el Gobierno tiene previsto pagar al Banco Central RD$19,153 millones por concepto de intereses de la recapitalización.  Sin embargo, el Banco Central ha proyectado que a los tenedores de su deuda interna pagará un total de RD$51,942 millones.  La diferencia no cubierta, ascendente a RD$32,789 millones es el principal componente del déficit cuasi-fiscal del Banco Central, el cual, como sabemos, corre por cuenta y responsabilidad del Gobierno Central. Lo correcto, por tanto, es que esa diferencia sea tenida en cuenta para calcular la carga financiera total que está soportando el Gobierno dominicano. Cuando esa partida es incluida, se tiene que en el 2014, la carga total de los intereses sobre la deuda pública (Gobierno Central y Banco Central) que es responsabilidad del Gobierno, ascenderá a RD$103,832 millones, equivalente a 3.8% del PIB y al 26.2% de los ingresos tributarios estimados para el 2014. La carga consolidada de intereses sobre la deuda pública es casi idéntica al 4% del PIB que se destina a educación.

Esa situación es realmente insostenible y debe ser enfrentada lo antes posible.  Lo primero que debe hacerse es establecer normas y reglas idénticas para todos los títulos de deuda pública que emitan entidades dependientes del Estado Dominicano. Debe unificarse el tratamiento impositivo para todos los títulos.  Lo que tenemos ahora no contribuye a transparentar los rendimientos que realmente perciben los tenedores.  Tomemos el caso de la retención del 10% del impuesto sobre la renta sobre los pagos por intereses. Algunos títulos de deuda emitidos por el Ministerio de Hacienda están exentos del 10% de la retención del impuesto sobre la renta; otros emitidos el año pasado no.  Lo mismo sucede con los del Banco Central.  Antes de la reforma impositiva del 2012, estaban exentos; ahora, todos los títulos que emita el Banco Central están sujetos a la retención. Independientemente del esquema impositivo que se adopte, sea que se aplique o no la retención en la fuente o que los intereses y las ganancias de capital en las operaciones de compra y venta en el mercado secundario estén o no sujetos al pago de impuesto sobre la renta, es indispensable que el trato que se aplique a todos los títulos de deuda del Estado dominicano sea el mismo.  En consecuencia, es imprescindible que los títulos de Hacienda y del Banco Central estén sujetos al mismo tratamiento impositivo.

Ese tratamiento impositivo diferenciado explica en parte la diferencia de rendimientos que ofrecen títulos del mismo plazo emitidos por Hacienda y el Banco Central.  Pero no todo es explicado por este elemento.  Hemos mencionado el caso de dos emisiones, con tratamiento impositivo idéntico, sujetas ambas a la retención del 10%, el bono a 5 años MH2-2018 de Hacienda colocado el 6-7 de agosto del 2013  y la Nota de Renta Fija de 5 años BCRD-2019 colocada el 8 de abril del 2014. El primero se colocó con un rendimiento ponderado de 10.20% y la segunda con uno de 13.85%, arrojando una diferencia de 3.65%,  superior al 2% del aumento que se registró en la tasa de política monetaria del Banco Central en el período transcurrido entre la colocación de ambos títulos.

En consecuencia, simultáneamente con la eliminación de la discriminación en el tratamiento impositivo existente entre títulos emitidos por entidades pertenecientes al mismo Estado, debe establecerse una centralización en el proceso de determinación de los rendimientos efectivos a ofrecerse para títulos de plazo equivalente.  Lo correcto es que la determinación de dicho rendimiento la realice la Dirección General de Crédito Público (DGCP) del Ministerio de Hacienda.  Cada vez que el Banco Central (BCRD) vaya al mercado a colocar títulos del BCRD -que en la práctica son títulos del Estado dominicano cuyos intereses corren por cuenta del Gobierno Central-, la DGCP informaría al BCRD el rendimiento a ofrecer. La DGCP, conociendo la tasa de inflación, podría adoptar una guía para la determinación de los rendimientos a ofrecer, basada en el criterio del rendimiento real esperado. 

Cuando uno observa los rendimientos reales que han estado pagando tanto el Ministerio de Hacienda como el Banco Central a los tenedores de bonos y títulos del Estado dominicano, se advierte que las tasas reales son exageradamente altas.  En el caso de Hacienda, las tasas de interés reales promedio pagadas han oscilado entre 1.92% y 10.20% en el período 2007-2013.  En el caso del Banco Central, las tasas de interés reales promedio pagadas, en el mismo período, han oscilado entre 8.87% y 14.09%.  En ambos casos, las tasas reales son enormes y hay espacio para reducirlas. De esa manera Hacienda y el Banco Central contribuirían a aliviar las finanzas públicas. La DGCP podría adoptar un Esquema de Meta de Interés Real (EMIR) que establezca una meta para bonos a 5 años de 4.0%, más/menos 0.5%. De esa manera dejaríamos de ser el país de la región con la mayor tasa de interés real pagada por el Gobierno sobre su deuda en moneda local.

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